Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 21/12/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de octubre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Almería, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1899/2012. (PP. 3318/2017).

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NIG: 0401342C20120016711.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1899/2012. Negociado: 1F.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Orado Investments, S.A.R.L.

Procuradora Sr.a.: Concepción Martínez Polo.

Letrado Sr.: Dario B. Hernández Martínez.

Contra: Don Jorge Luis Hendrichson Suárez y Jenny Cecilia Angulo Quiñones.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1899/2012 seguido a instancia de Orado Investments, S.A.R.L., frente a Jorge Luis Hendrichson Suárez y Jenny Cecilia Angulo Quiñones se ha dictado sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Procedimiento: Juicio Ordinario núm. 1899/2012.

SENTENCIA NÚM. 5

Magistrado­ Juez: Doña María Cristina Pedrajas Chamorro.

Demandante: Orado Investments, S.A.R.L.

Procuradores: Don Álvaro Vital García esc. doña Concepción Martínez Polo.

Letrados: Don Manuel Elvira Ferrer esc. don Darío Hernández Martínez.

Demandado: Don Jorge Luis Hendrichson Suárez y doña Jenny Cecilia Angulo Quiñones.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.

En Almería, a once de enero de dos mil dieciséis.

FALLO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta en nombre y representación de Orado Investments, S.A.R.L., contra don Jorge Luis Hendrichson Suárez y doña Jenny Cecilia Angulo Quiñones y condeno solidariamente a la parte demandada a los siguientes pronunciamientos:

1.­ Al pago de la cantidad de nueve mil ochocientos setenta y un euros con veintidós céntimos (9.871,22 euros).

2.­ Al pago del interés legal desde la interposición de la demanda.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 0223 0000 04 1899 12 indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, en la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada la anterior sentencia por la Juez que la suscribe, hallándose en audiencia pública y en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el Letrado de la Administración de Justicia, doy fe.

Y encontrándose dichos demandados, Jorge Luis Hendrichson Suárez y Jenny Cecilia Angulo Quiñones, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Almería a veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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