Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 20/02/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 26 de enero de 2017, por la que se concede una modificación de la autorización administrativa al centro de educación infantil «Burbujas de Colores» de Almerimar, El Ejido (Almería). (PP. 403/2017).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Amadora Sánchez Manzano, representante de «Guardería Puerto Golf, S.L.», entidad titular del centro de educación infantil «Burbujas de Colores», en solicitud de ampliación del mismo en 2 unidades de primer ciclo.

Resultando que el mencionado centro tiene autorización administrativa para 5 unidades del primer ciclo de educación infantil con 74 puestos escolares, por Orden de 14 de octubre de 2010 (BOJA de 15 de noviembre), teniendo suscrito con esta Consejería de Educación el convenio de financiación al que se refiere el artículo 51 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo.

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación de Almería y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación en dicha provincia.

Vistos la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que, de conformidad con el artículo 51.3 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, en los centros de educación infantil de convenio, la totalidad de sus puestos escolares deben estar acogidos al mismo.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. 1. Conceder una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento, por ampliación en 2 unidades de primer ciclo para 28 puestos escolares, al centro de educación infantil «Burbujas de Colores», promovida por «Guardería Puerto Golf, S.L.», como entidad titular del mismo, con código 04009162, ubicado en Pasaje de la Trainera, 11, de Almerimar, El Ejido (Almería), quedando configurado con 7 unidades de primer ciclo para 102 puestos escolares.

2. El funcionamiento de los puestos escolares que se incrementan por la presente Orden estará supeditado a la modificación del convenio suscrito con el centro, al que se refiere el artículo 51 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, para la financiación de los nuevos puestos escolares que por la presente Orden se autorizan, para lo que habrá que solicitar la citada modificación, que estará sujeta a la planificación educativa de la red de escuelas y centros de educación infantil de primer ciclo y a las disponibilidades presupuestarias.

Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Almería la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Contra la presente Orden, que pone fín a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 26 de enero de 2017

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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