Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 27/03/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 20 de marzo de 2017, de la Dirección General de Universidades, por la que se hace público el Acuerdo de 23 de febrero de 2017 de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establecen los parámetros de ponderación para el cálculo de la nota de admisión para el ingreso a las titulaciones de Grado que se impartirán en el curso 2017/2018.

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El Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, establece que las universidades, podrán contemplar en sus procedimientos de admisión determinados criterios para la valoración de méritos de las personas solicitantes, entre los que se contemplan: las calificaciones obtenidas en materias concretas cursadas en los cursos equivalentes al Bachillerato español, las obtenidas en la evaluación final de los cursos equivalentes al de Bachillerato español, o evaluaciones específicas de conocimientos y/o de competencias que se pudiesen establecer.

El artículo 73 del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades aprobada por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, determina que a los únicos efectos del ingreso en los Centros Universitarios, todas las Universidades Públicas Andaluzas se constituyen en un Distrito Único para los estudios de Grado y Máster, encomendando la gestión del mismo a una comisión específica, constituida en el seno del Consejo Andaluz de Universidades. La composición de dicha comisión, denominada Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, quedó establecida por el Decreto 478/1994, de 27 de diciembre, que sigue actuando tras la publicación del citado Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades.

Asimismo, anualmente la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía acuerda los procedimientos que rigen la admisión a las enseñanzas oficiales de Grado para cada curso académico y en el que se contemplan, para determinadas vías de acceso a la universidad, la posibilidad de realizar de forma voluntaria exámenes de materias cuyas calificaciones multiplicadas por ciertos parámetros de ponderación permite al alumnado mejorar su nota de admisión.

Por ello, el 23 de febrero de 2017, la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, ha establecido los citados parámetros de ponderación para cada materia y Grado que regirá la admisión al curso 2017/2018

En uso de las atribuciones que tengo conferidas,

RESUELVO

Dar publicidad al Acuerdo de 23 de febrero de 2017 de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establecen los parámetros de ponderación para el cálculo de la nota de admisión para el ingreso a las titulaciones de Grado que se impartirán en el curso 2017/2018, que se inserta a continuación como Anexo.

Sevilla, 20 de marzo de 2017.- La Directora General, María Dolores Ferre Cano.

ANEXO

ACUERDO DE 23 DE FEBRERO DE 2017 DE LA COMISIÓN DEL DISTRITO ÚNICO UNIVERSITARIO DE ANDALUCÍA, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS PARÁMETROS DE PONDERACIÓN PARA EL CÁLCULO DE LA NOTA DE ADMISIÓN PARA EL INGRESO A LAS TITULACIONES DE GRADO QUE SE IMPARTIRÁN EN EL CURSO 2017/2018.

Primero. Ámbito de aplicación.

Los parámetros que se recogen en el apartado sexto serán de aplicación al alumnado que ingrese en la universidad por:

- Estar en posesión de título de Bachillerato tras la superación de la prueba de evaluación de bachillerato para el acceso a la universidad, o la equivalente según regulaciones anteriores.

- Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU) con anterioridad al curso académico 1974/75, el Curso Preuniversitario y las Pruebas de Madurez, o el Bachillerato de planes anteriores a 1953.

- Estar en posesión de un Título de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o Técnico Deportivo Superior, de Formación Profesional de Segundo Grado o de haber superado un Módulo Profesional de Nivel III.

- Haber cursado planes de estudios de países extranjeros y estar en posesión de documentación acreditativa expedida por organismo o institución española que habilite para el acceso a la universidad en España.

Segundo. Validez de las calificaciones.

Para que se puedan aplicar los parámetros en el cálculo de la nota de admisión, las materias deben haber sido superadas en el curso 2014/2015 o posterior.

Tercero. Planes de estudios conjuntos.

En el caso de que las universidades oferten plazas para cursar una organización docente que permita obtener conjuntamente dos títulos de Grado, el parámetro a aplicar a la respectiva materia será el que, siendo común a las ramas del conocimiento al que pertenezcan los títulos, tenga el menor de los que corresponda a ambas titulaciones por separado.

Cuarto. Difusión de los parámetros.

Con independencia de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, las Comisión del Distrito Único mantendrá actualizada la información sobre los parámetros en el portal web de la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía: http: www.juntadeandalucia.es/economiayconocimiento/.

Quinto. Derogación de los anteriores parámetros.

La actualización que recoge en este Acuerdo deja sustituye a todas las publicaciones anteriores.

Sexto. Cuadro de parámetros.

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