Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 11/04/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

Orden de 4 de abril de 2017, por la que se amplía el plazo máximo de resolución y publicación de la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones previsto en la Orden de 31 de agosto de 2016, por la que se convocan para el ejercicio 2016 las ayudas previstas en la Orden de 19 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la recuperación medioambiental y uso sostenible de las playas del litoral andaluz, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Submedida 7.5, Operación 7.5.2).

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La Consejería de Turismo y Deporte, mediante la Orden de 19 de julio de 2016, estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la recuperación medioambiental y uso sostenible de las playas del litoral andaluz, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014- 2020 (BOJA núm. 142, de 26 de julio de 2016). La convocatoria de la citada línea de subvenciones se efectuó en virtud de la Orden de 31 de agosto de 2016 (BOJA núm. 173, de 8 de septiembre).

El apartado 16 de las señaladas bases reguladoras establece que el plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de seis meses, a computar a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.3 de la Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

De acuerdo con lo expuesto, el plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 8 de octubre de 2016. Por tanto, el plazo máximo para resolver y publicar la resolución de concesión concluye el día 8 de abril de 2017.

Como consecuencia del número de solicitudes formuladas y de la necesidad de solicitar aclaraciones e información complementaria sobre las mismas a las entidades solicitantes de las ayudas, la resolución del procedimiento se ha retrasado en el tiempo, y ello a pesar de haber habilitado todos los medios materiales y personales disponibles al efecto. Por tanto, en la medida de que se presume difícil cumplir con la obligación de resolver el procedimiento dentro del plazo establecido, se estima necesaria una ampliación del plazo máximo para resolver y publicar el procedimiento de concesión, y ello en aplicación de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud, y en uso de las competencias atribuidas a esta Consejería por el Decreto 212/2015, de 14 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte,

DISPONGO

Primero. Ampliar el plazo para resolver y publicar la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones dirigidas a la recuperación medioambiental y uso sostenible de las playas del litoral andaluz, convocadas en virtud de la Orden de 31 de agosto de 2016, por un plazo máximo de seis meses, a contar desde la finalización del plazo establecido en el apartado 16 del cuadro resumen de la Orden de 19 de julio de 2016, en relación con lo dispuesto en el artículo 19.3 de la Orden de 5 de octubre de 2015, quedando fijado el plazo máximo en el día 8 de octubre de 2017.

Segundo. Ordenar la publicación de esta disposición en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía así como en la página web de la Consejería de Turismo y Deporte.

Tercero. La presente Orden surtirá efectos a partir del día de su fecha.

Contra la presente Orden de ampliación de plazo máximo para resolver no cabe recurso alguno.

Sevilla, 4 de abril de 2017

FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ
Consejero de Turismo y Deporte
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