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Se desconoce la identidad de los posibles interesados en la subrogación contractual del adjudicatario fallecido de vivienda de protección oficial de promoción pública abajo relacionado. En este sentido, el art. 10 del Decreto 416/1990, de 26 de diciembre, remite al art. 16 de la LAU de 1994 en materia de subrogaciones en caso de muerte del arrendatario.
Mediante el presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se comunica a los interesados en la subrogación en el contrato de arrendamiento de la vivienda que se relaciona que se ha dictado Resolución por la que se declara la extinción, por fallecimiento del arrendatario, del contrato de arrendamiento de la vivienda de Promoción Pública que igualmente se detalla, conforme al art. 16 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y resto de la normativa de protección oficial vigente en Andalucía.
Esta Resolución no es firme, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Fomento y Viviendas en el plazo de un mes, a contar desde el dia siguiente a la publicación del presente anuncio.
El expediente administrativo se encuentra a disposición del interesado en la Dirección Provincial de AVRA en Jaén, sita en la calle Isaac Albéniz, 2. 23009 Jaén.
Finca | Matrícula | Municipio | Dirección vivienda | DNI | Nombre y apellidos del arrendatario fallecido |
SC-000018 | JA-7089 | Jaén | Miguel Castillejo 18ª-3ºC | 26418930A | José Rogel Gómez |
Jaén, 10 de abril de 2017.- El Director Provincial de Jaén (Decreto 174/2016, de 15.11, de aprobación de Estatutos de AVRA), Andrés Miguel Millán Armenteros.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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