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«SENTENCIA NÚM. 7/2017
En la ciudad de Granada, a 11 de enero de 2017.
Vistos por doña Juana Carrero Fernández, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, de Familia, los presentes autos de procedimiento de divorcio contencioso seguidos ante este Juzgado bajo el número 257/15, promovidos a instancia de doña Hind Bouhafa, representada por el Procurador don Antonio Jesús Pascual León y defendida por la letrada doña Natalia María Hernández Jaldo, contra don Moulay Rachid Alaoui Ouafai, declarado en situación procesal de rebeldía, sin la intervención del Ministerio Fiscal, ha dictado la presente resolución en base a los siguientes...
FALLO
Que estimando totalmente la demanda interpuesta por el Procurador don Antonio Jesús Pascual León, en nombre y representación de doña Hind Bouhafa, frente a don Moulay Rachid Alaoui Ouafai, debo declarar y declaro el divorcio postulado, y en su consecuencia disuelto en todos sus efectos legales el matrimonio contraído por aquéllos el día 11 de enero de 2002.
Todo ello sin expresa declaración en cuanto a las costas causadas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Granada.
Una vez firme esta resolución, remítase testimonio de la misma al Registro Civil correspondiente para que se haga la oportuna anotación marginal en el asiento referente al matrimonio de los cónyuges a los que afecta.
Inclúyase la presente en el libro de sentencias, llevándose testimonio a los autos de su razón.
Así por esta mi sentencia, juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»
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