Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00112283.
Se acuerda aprobar la oferta de empleo público de personal docente e investigador de la Universidad de Málaga para el año 2017, en los siguientes términos:
Según lo establecido en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuesto Generales del Estado para el año 2016, automáticamente prorrogados para el año 2017 hasta la aprobación de los nuevos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 134.4 de la Constitución Española, no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, exceptuándose de la citada limitación una serie de sectores y Administraciones que se contemplan en el artículo 20.Uno.2 de la citada norma, entre las que se encuentran las Universidades, respecto de las cuales se determina que se aplicará una tasa de reposición de hasta un máximo del 100 por ciento, a plazas de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores Titulares de Universidad, estando obligadas a destinar, como mínimo, un 15% del total de plazas que se oferten a la contratación, como personal laboral fijo, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3, aplicable a la Oferta de Empleo Público para el año 2017.
El apartado Cinco del artículo 20, indica que la validez de la autorización contenida en el apartado Uno de este artículo estará condicionada a que las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición de efectivos se incluyan en la Oferta de Empleo Público que, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deberá ser aprobada por el respectivo órgano de gobierno de la Administración Pública y publicarse en el Diario oficial correspondiente.
La Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga para 2017 incluye las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deben proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso. Tal y como está previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público, la Oferta de Empleo Público, como instrumento de planificación de los recursos humanos, define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recurso humanos.
El cálculo de la tasa de reposición de efectivos, comunicada a la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía, en función del número de empleados fijos que durante el ejercicio 2016 han dejado de prestar servicios en esta Universidad, conforme al cálculo previsto en el apartado tercero del artículo 20.Uno.4 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, asciende a 76 plazas.
En su virtud, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, dispone:
Primero. Aprobación de la Oferta de Empleo Público.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 20 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, automáticamente prorrogados para el año 2017 hasta la aprobación de los nuevos, se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga para el año 2017.
Segundo. Cuantificación de las plazas.
El número de plazas de Personal Docente e Investigador para el año 2017 es el siguiente:
Cuerpo/Categoría | Grupo | Total Plazas |
Profesor Titular de Universidad(*) | A1 | 69 |
Catedrático de Universidad(*) | A1 | 1 |
Catedrático de Universidad(**) | A1 | 70 |
Profesor Contratado Doctor(***) | A1 | 6 |
(*) En aplicación de la tasa de reposición. (**) Por promoción interna. (***) Personal Investigador Doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3. |
Tercero. Procesos selectivos.
Las bases específicas que regulen los procesos selectivos derivados de la presente Oferta de Empleo Público deberán publicarse en los boletines oficiales que correspondan en el plazo de tres años, a contar desde la fecha de publicación de esta Oferta de Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
De producirse alguna modificación normativa que permitiera el considerar como plazas de promoción interna aquellas plazas convocadas para su provisión que finalmente resultaran adjudicadas a personal que ya tenía la consideración de personal fijo dentro de la plantilla del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga, no consumiendo, por tanto, tasa de reposición, la presente Oferta de Empleo Público debería ser considerada con carácter parcial.
Málaga, 17 de marzo de 2017.- El Rector, José Ángel Narváez Bueno.
Descargar PDF