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Primero. Presentado por doña Inmaculada Casanova Ruiz recurso jurisdiccional contra Resolución de 8 de octubre de 2013, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 202, de 14 de octubre), por la que se hacen públicos los listados definitivos del proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en las categorías profesionales del Grupo IV, convocado por Orden de 14 de noviembre de 2008, al figurar en los mismos como aspirante admitida aun cuando no seleccionada en la categoría profesional «Auxiliar Operador de Informática», el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 9 de Sevilla, en Procedimiento Abreviado núm. 301/15, dicta con fecha 25 de julio de 2016 Sentencia cuyo Fallo responde al siguiente tenor literal:
«Se acuerda estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto a instancias de doña Inmaculada Casanova Ruiz, representada y defendida por la Letrada doña Sonia Sierra Martin contra la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Andalucía, representado y defendido por el Letrado de los servicios jurídicos contra la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de fecha 25 de abril de 2014 que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de fecha 8 de octubre de 2013 por la que se hace público listado definitivo de admitidos, excluidos y adjudicatarios en el proceso selectivo convocado por la Orden de 14 de noviembre de 2008, de la Consejería de Justicia y Administración Pública, para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales del Grupo IV y, en consecuencia, debo anular en una resolución impugnada y ordeno se proceda a reconocer a la recurrente el derecho a ser valorada la puntuación correspondiente a la experiencia profesional desempeñada en el puesto de operadora de ordenador en el Servicio Andaluz de Salud, con los efectos correspondientes que se deduzcan de la citada valoración, todo ello sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas a ninguna de las partes».
Toda vez que no se interpuso recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la indicada Sentencia ha devenido firme por lo que procede la práctica de cuanto exija el cumplimiento de sus declaraciones.
Segundo. En atención a lo ordenado, este Centro Directivo desarrolla diversas actuaciones de índole material para llevar a efecto su ejecución. Así, una vez recibida, aquélla fue objeto de remisión a la Comisión de Selección nombrada según Anexo 3 de la Orden de 14 de noviembre de 2008. Ésta, en ejercicio de las competencias de calificación atribuidas por la base séptima de la citada Orden, acuerda otorgar a la Sra. Casanova Ruiz un total de 55,250 puntos, en cuya consecuencia adquiere la condición de seleccionada en la categoría profesional «Auxiliar Operador de Informática»; siéndole notificada esta circunstancia, se le oferta la adjudicación definitiva de cuantos puestos hubieren podido serle atribuidos según la puntuación obtenida, manifestando ésta su aceptación por el correspondiente al código 7028910
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. De conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución Española, artículo 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículos 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Segundo. A tenor de lo previsto en el artículo 5.3.h) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y según el artículo 19.4 de la Orden de 26 de noviembre de 2012 (BOJA núm. 239, de 7 de diciembre), en la modificación operada por la Orden de 29 de abril de 2013 (BOJA núm. 96, de 20 de mayo), la competencia para disponer el cumplimiento de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en que sea parte la Consejería, que afectan el respectivo ámbito funcional de competencias, se encuentra delegada en la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, y en consecuencia
RESUELVO
Primero. Modificar la Resolución de 8 de octubre de 2013, de la Secretaría General para la Administración Pública, en el sentido de incluir en la relación definitiva de aspirantes seleccionados en la Categoría Profesional «Auxiliar Operador de Informática» a doña Inmaculada Casanova Ruiz, con DNI núm. 32.854.393 C, una puntuación de 55,250.
Segundo. Adjudicar a doña Inmaculada Casanova Ruiz destino definitivo en el puesto de trabajo código 7028910 «Auxiliar Operador de Informática», en el Laboratorio de Sanidad y Producción Animal de Córdoba, adscrito a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, con los efectos indicados en la Sentencia, según se determinan en la Resolución de 31 de marzo de 2014, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 65, de 4 de abril), por la que se eleva a definitiva la relación de seleccionados/as, con expresión de los destinos adjudicados, en el concurso de acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en las categorías profesionales del Grupo IV, correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2006-2007.
Tercero. La incorporación de la actora en el indicado puesto se producirá con fecha 3 de julio de 2017.
Sevilla, 19 de abril de 2017.- La Directora General, Concepción Becerra Bermejo.
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