Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 22/05/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 3 de abril de 2017, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de educación secundaria «El Carmelo», de Granada. (PP. 1238/2017).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña María del Ángel Conde Cerero, como representante de la Congregación de Carmelitas Misioneras, titular del centro docente privado de educación secundaria «El Carmelo», con domicilio en C/ Francisco Palau y Quer, 19, de Granada, solicitando modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta, por la ampliación de las mismas en dos unidades de bachillerato en la modalidad de Artes, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 18003016, tiene autorización para impartir doce unidades de educación secundaria obligatoria y ocho unidades de bachillerato (cuatro en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales y cuatro en la de Ciencias), funcionando en régimen de conciertos educativos ocho unidades de educación secundaria obligatoria de las doce que tiene autorizadas.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación de Granada y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de educación secundaria «El Carmelo», código 18003016 y domicilio en C/ Francisco Palau y Quer, 19, de Granada, cuyo titular es la Congregación de Carmelitas Misioneras, quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación secundaria obligatoria: 12 unidades.

Puestos escolares: 360.

b) Bachillerato:

Modalidad de Humanidades y ciencias sociales: 4 unidades.

Puestos escolares: 140.

Modalidad de Ciencias: 4 unidades.

Puestos escolares: 140.

Modalidad de Artes: 2 unidades.

Puestos escolares: 53.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Granada la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de abril de 2017

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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