Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 24/05/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia y Administración Local

Resolución de 18 de mayo de 2017, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, Comisión Provincial de Valoraciones, por la que se emplaza a terceros interesados en el recurso que se cita.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Que por cédula de notificación y requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, se da traslado de la Resolución adoptada con fecha 20 de abril de 2017, en los Autos del Procedimiento Expropiación Forzosa núm. 285/2017 (Neg. M5), en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Nicolás Moya García, titular de la parcela núm. 34, del plano parcelario de la expropiación, contra el Acuerdo adoptado con fecha 9 de febrero de 2017 por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, y que fija el justiprecio de los bienes expropiados en la cantidad de un millón ciento seis mil cuatrocientos setenta y nueve euros con noventa y cinco céntimos (1.106.479,95 euros), en cuyo importe total se incluye el 5% en concepto de premio de afección, en el expediente 2016/001, relativo a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de don Nicolás y don Juan Francisco Moya García (titulares de la parcela núm. 34 del expediente expropiatorio para la ejecución del proyecto expropiatorio «Ronda Oeste de Córdoba», finca registral núm. 1.167, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 5, al Tomo 249, Libro 14, Folio 128, Inscripción 6.ª, sita en el término municipal de Córdoba), siendo la Administración expropiante y beneficiaria de la expropiación el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Segundo. Que la citada notificación judicial tuvo entrada en esta C.P.V. de Córdoba (Registro General de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba) con fecha 16 de mayo de 2017.

Tercero. Que mediante la referida resolución judicial, se requiere a esta Comisión Provincial de Valoraciones la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional y a que practique los emplazamientos previstos en la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 48.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional, en el plazo de veinte días, contados a partir de que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.

Segundo. Conforme establece el art. 49 LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. Hechas las notificaciones, se remitirá el expediente al Juzgado, incorporando la justificación del emplazamiento efectuado.

En virtud de cuanto antecede, esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 85/2004, de 2 de marzo (BOJA núm 52 del 16 de marzo de 2004),

RESUELVE

Primero. Anunciar la interposición de recurso contencioso-administrativo formulado por don Nicolás Moya García, titular de la parcela núm. 34, del plano parcelario de la expropiación, contra el Acuerdo adoptado con fecha 9 de febrero de 2017, por la Comisión Provincial de Valoraciones de Córdoba, en el que se fija el justiprecio de los bienes expropiados en la cantidad de un millón ciento seis mil cuatrocientos setenta y nueve euros con noventa y cinco céntimos (1.106.479,95 euros), en cuyo importe total se incluye el 5% en concepto de premio de afección, en el expediente 2016/001, relativo a un procedimiento de expropiación forzosa en terrenos propiedad de don Nicolás y don Juan Francisco Moya García (titulares de la parcela núm. 34 del expediente expropiatorio para la ejecución del proyecto expropiatorio «Ronda Oeste de Córdoba», finca registral núm. 1.167, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 5, al Tomo 249, Libro 14, Folio 128, Inscripción 6.ª, sita en el término municipal de Córdoba), siendo la Administración expropiante y beneficiaria de la expropiación el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo.

Segundo. Remitir al Excmo. Ayuntamiento de Córdoba (Administración Expropiante), y a don Juan Francisco Moya García, como interesados en el procedimiento, fotocopia del requerimiento de la Sección 4.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la LJCA se emplaza a todos los anteriormente citados, y a aquellas personas, terceros interesados, a cuyo favor se hubieren derivado o derivasen derechos del Acuerdo impugnado, para que en el plazo de nueve días puedan personarse como demandados en dicho procedimiento. La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Disponer, a tenor de lo preceptuado en el art. 49.2 en relación con los número 3 y 4 del art. 48 de la citada LJCA, el posterior envío del expediente administrativo al órgano jurisdiccional que lo ha requerido, debiéndose remitir fotocopia autenticada del expediente, foliado y acompañado de un índice de los documentos que contenga, en el plazo legalmente señalado.

Córdoba, 18 de mayo de 2017.- La Presidenta de la Comisión Provincial de Valoraciones, M.ª Eugenia Sicilia Camacho.

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