Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 15/06/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 1 de junio de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 184/2017.

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Procedimiento: 138/16. Ejecución de títulos judiciales 184/2017. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20160001414.

De: Doña Inmaculada García Cueto.

Abogado: Carlos Javier Díaz Márquez.

Contra: Servicios Avanzados de Común Empres Evertel, S.L.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 184/2017 a instancia de la parte actora doña Inmaculada García Cueto contra Servicios Avanzados de Común Empres Evertel, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 1.6.18 del tenor literal siguiente:

DECRETO NÚM. 418/18

Letrada de la Administración de Justicia, doña Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a uno de junio de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Inmaculada García Cueto ha presentado demanda de ejecución frente a Servicios Avanzados de Común Empres Evertel, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 3/05/18 por un total de 33.386,45 € de principal más la de 7.594,23 € presupuestados para intereses y costas.

Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

Declarar al/a los ejecutado/s Servicios Avanzados de Común Empres Evertel, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 33.386,45 € de principal mas la de 7.594,23 €  presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes

Notifíquese la presente resolución

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Servicios Avanzados de Común Empres Evertel, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a uno de junio de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).»

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