Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 22/06/2018

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Consejería de Salud

Anuncio de 19 de junio de 2018, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, por el que se notifica a los interesados la resolución de expediente de declaración de cese definitivo de actividad y extinción de autorización sanitaria del establecimiento alimentario que se cita.

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Por esta Delegación Territorial se ha visto el expediente iniciado de oficio correspondiente a Mariscos Doñana, S.C., con núm. R.S. 12.19442/SE, domicilio en calle Palos de la Frontera, 45, de Pilas (Sevilla).

I. ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El establecimiento con domicilio en C/ Palos de la frontera, 45, de Pilas (Sevilla), y titular Mariscos Doñana, S.C., y CIF J90146598, consta autorizado para la actividad de Centro de expedición de invertebrados marinos (incluidos equinodermos y gasterópodos) e inscrito con el asiento 12.19442/SE para dicha actividad en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).

Segundo. Con fecha 19 de enero de 2018 ha sido constatado por los servicios de inspección mediante Acta núm. 68311, que visitado en varias ocasiones el establecimiento mencionado siempre se encontraba cerrado y el teléfono que consta en los registros ya no existe.

Tercero. Siendo desconocido el lugar para su notificación al interesado, con fecha 28.3.2018 ha sido notificado mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, Acuerdo de inicio, de fecha 8.2.2018, de expediente para la declaración del cese definitivo de la actividad y la extinción de la autorización del establecimiento, con la indicación de que si en un plazo de diez días no eran presentadas alegaciones en contra, sería declarada dicha extinción y remitida para su asiento en el RGSEAA, con la consecuente cancelación de las correspondientes inscripciones registrales, alegaciones que hasta la fecha no han sido presentadas.

II. FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Que esta Delegación Territorial es competente para adoptar la resolución pertinente en virtud de las atribuciones que le confiere el Decreto 61/2012, de 13 de marzo, por el que se regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios de Andalucía y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.

Segundo. Que según lo dispuesto en el artículo 8.1.b) del citado decreto la autorización sanitaria se revocará si se alteran de modo sustancial las condiciones originarias que fundamentaron su otorgamiento o bien si se constata un cese definitivo de la actividad.

Tercero. Se tiene constancia según la documentación que obra en el expediente que concurren tales circunstancias.

Visto lo que antecede y según lo establecido en los artículos 58 y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. La revocación de la autorización sanitaria de funcionamiento de la citada empresa.

Segundo. Notificar la presente resolución, con la indicación de que si desea impugnarla podrá interponer, de conformidad con lo previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General con competencia en materia de salud pública, en el plazo de un mes.

Sevilla, 19 de junio de 2018.- La Delegada, M.ª Ángeles Fernández Ferreiro.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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