Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 11/07/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Extracto de la Resolución de 29 de junio de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por el que se se convocan subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, de la Iniciativa de Bono de Empleo, regulada en la Orden de 6 de mayo de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la Inserción Laboral en Andalucía, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial en Andalucía y la Iniciativa Bono de Empleo.

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BDNS (Identificación): 406822 406823 406825 406826 406827 406828.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

1. Se efectúa convocatoria de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, de la Iniciativa de Bono de Empleo, regulada en la Orden de 6 de mayo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidos a la Inserción Laboral en Andalucía, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial en Andalucía y la Iniciativa Bono de Empleo, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

- Iniciativa Bono de Empleo y contratación indefinida de personas destinatarias del Bono.


Aplicaciones Presupuestarias/
Códigos de Proyecto

Anualidad 2018
(en euros)

Anualidad 2019
(en euros)

Anualidad 2020
(en euros)

Totales
(en euros)
1539160000 G/32L/47201/00 D2524103N3 10.125.000 13.500.000 3.375.000 27.000.000
1539160000 G/32L/48201/00 D2524103N3 1.125.000 1.500.000 375.000 3.000.000

2. La presente convocatoria estará abierta hasta el 31 de diciembre de 2019. En el supuesto de que antes de finalizar el mencionado plazo, se agotase el crédito establecido en el apartado siguiente, se publicará en el BOJA una resolución para su general conocimiento. Dicha publicación pondrá fin al plazo de presentación de solicitudes.

Segundo. Entidades beneficiarias.

Podrán beneficiarse de las subvenciones contempladas en la Orden de 6 de mayo de 2018, las personas trabajadoras autónomas, las empresas cualquiera que sea su forma jurídica, las entidades sin ánimo de lucro, así como las entidades sin personalidad jurídica, que desarrollen su actividad en Andalucía y que reúnan los requisitos indicados en el apartado 4.a).2 del correspondiente cuadro resumen de las bases reguladoras de la Orden de 6 de mayo de 2018.

Tercero. Objeto.

La Iniciativa Bono de Empleo tiene por objeto incentivar la creación de empleo y facilitar la incorporación al mercado laboral de las personas jóvenes andaluzas. Se fomentará asimismo, la estabilidad en el empleo de las personas que hayan sido destinatarias de un Bono, incentivando su contratación indefinida, o el mantenimiento de la misma en su caso, tras la finalización del periodo obligatorio establecido para esta ayuda.

Esta medida comprenderá, dos lineas:

a) Bono de Empleo. Incentivo a la contratación por importe de 6.000€, para contratos celebrados a jornada completa, y de 3.000€, para contratos formalizados al menos al 50% de la jornada laboral. En ambos casos, el mantenimiento mínimo obligatorio será de doce meses.

b) Contratación indefinida de las personas destinatarias del Bono. Incentivo a la contratación indefinida de destinatarios del bono por importe de 8.000€ para contratos a jornada completa y de 4.000€ para contratos formalizados al menos al 50% de la jornada laboral. En ambos casos, el mantenimiento mínimo obligatorio será de dieciocho meses.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 6 de mayo de 2018, por la que se establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la Inserción Laboral en Andalucía, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Industrial en Andalucía y la Iniciativa Bono Empleo.(BOJA núm. 88, de 9 de mayo de 2018).

Quinto. Cuantía.

Las subvenciones concedidas en el marco de la presente convocatoria serán por una cuantía total máxima de Treinta millones de euros. (30.000.000 euros).

Porcentaje máximo de la subvención: 100%

Líneas de ayuda TOTAL
Iniciativa Bono de Empleo y contratación indefinida de personas destinatarias del Bono 30.000.000 €

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será:

1. Para la solicitud de un Bono de Empleo, dos meses desde la fecha de inicio del contrato incentivado.

2. Para la solicitud del incentivo a la contratación indefinida de personas destinatarias de un Bono, dos meses desde la finalización del periodo correspondiente a los doce meses de mantenimiento obligatorio del contrato inicial incentivado, tanto para supuestos de mantenimiento como de la transformación del contrato inicial en indefinido.

3. El plazo de presentación de solicitudes quedará abierto a partir del día siguiente al que se publique este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Otros datos.

El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados con la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, e igualmente se puede acceder a ellos a través del Sistema Nacional de Publicidad de subvenciones. Asimismo, el formulario de solicitud se encuentra disponible a través de la siguiente dirección web http://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaycomercio/sae.

Sevilla, 29 de junio de 2018.- El Director Gerente, Manuel Caballero Velázquez.

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