Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 13/07/2018

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 29 de junio de 2018, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, dimanante de autos núm. 795/2016.

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Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 795/2016, promovido por Universidad Loyola de Andalucia contra Decreto 140/2016, de 2 de agosto, por el que se autorizan para el curso 2016-17 las enseñanzas y centros universitarios públicos y privados y denegación por silencio administrativo de solicitudes de fecha 4.5.2016, se ha dictado por la Sección Tercera de esta Sala sentencia el 2.5.2018, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLAMOS

Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña Inmaculada Ruiz Lasida, en nombre y representación de la Fundación Universidad Loyola Andalucía contra el Anexo IV del Decreto 140/2016, de 2 de agosto, por el que se autorizan para el curso 2016-2017 las enseñanzas y centros universitarios públicos y privados, publicada en BOJA núm. 151, de 8 de agosto de 2016, así como frente a la denegación, por silencio administrativo, de las solicitudes formuladas con fecha 4 de mayo de 2016, de autorización para la implantación en la Universidad Loyola Andalucía de las siguientes titulaciones, Grado en Ingeniería de la Energía (campus Sevilla), Grado en Ingeniería Informática y Tecnologías Virtuales (campus Sevilla), Grado en Mecatrónica y Robótica (campus Sevilla), Máster Universitario en Psicología General Sanitaria (campus Córdoba y Sevilla), Máster Universitario en Análisis de Datos Masivos y de Negocio/Big Data and Business Analytics (campus Sevilla), actos que se anulan por no resultar ajustados a derecho. Sin costas.

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.

En Sevilla, a veintinueve de junio de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).

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