Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 17/07/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 2 de julio de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 644/2017.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00139648.

NIG: 2906744S20170007977.

De: Don Georgi Dimitrov Milev.

Abogado: Jesús Cortes Buenaposada.

Contra: Ministerio de Empleo y Seguridad Social y Cano Medina Electricidad, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 644/2017 a instancia de la parte actora don Georgi Dimitrov Milev contra Ministerio de Empleo y Seguridad Social y Cano Medina Electricidad, S.L., sobre Seguridad Social en materia prestacional se ha dictado Resolución de fecha 28.6.18 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por don Giorgi Dimitrov Milev y como demandado el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y Cano Medina Electricidad, S.L., confirmando la Resolución de 10 de marzo de 2017, por la que se declara la existencia de cantidades indebidamente percibidas por importe de 4.643,40 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación en el plazo de cinco días hábiles desde el siguiente a la notificación de la presente resolución. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrado/Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia doy fe, en Málaga.

Y para que sirva de notificación al demandado Cano Medina Electricidad, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a dos de julio de dos mil dieciocho.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

Descargar PDF