Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 23/01/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Extracto de la Resolución de 15 de enero de 2018, por la que se convocan para el año 2018 subvenciones a las Organizaciones Profesionales Agrarias, Federaciones de Cooperativas Agrarias y Entidades Representativas de Asociaciones de Desarrollo Rural, previstas en la Orden de 16 de febrero de 2011 que se cita.

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BDNS (Identif): 381553.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convoca para el ejercicio 2018, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, la siguiente línea de subvenciones en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:

Línea: Subvenciones a organizaciones profesionales agrarias, federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural.

- Subvenciones a organizaciones profesionales agrarias:

Partida presupuestaria: 1900010000 G/71A/48501/00 01, por un importe máximo 3.355.920 euros.

- Subvenciones a federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural:

Partida presupuestaria: 1900010000 G/71A/48500/00 01, por un importe máximo 1.148.697 euros.

Segundo. Personas beneficiarias.

Las organizaciones profesionales agrarias, federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural, que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 16 de febrero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones profesionales agrarias, federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural y a organizaciones representativas del sector pesquero andaluz.

Tercero. Objeto.

Contribuir al funcionamiento, gestión y realización de actividades de colaboración, divulgación, transferencia de tecnología agraria o relacionadas con el desarrollo rural.

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden de 16 de febrero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones profesionales agrarias, federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural y a organizaciones representativas del sector pesquero andaluz (BOJA núm. 40, de 25 de febrero de 2011).

Quinto. Importe.

La dotación de la línea de subvención se detalla en el apartado primero del presente extracto, no existiendo un importe mínimo ni máximo por persona beneficiaria.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Sevilla, 15 de enero de 2018.- El Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, Ricardo Domínguez García-Baquero.

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