Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 20/09/2018

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 17 de septiembre de 2018, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de esta Universidad, de 20 de julio de 2018, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2018.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00142477.

Se acuerda aprobar la Oferta de Empleo Público de personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva para el año 2018, en los siguientes términos:

Según lo establecido en la Ley 6/2018, de 4 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, solo se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, en una serie de sectores y Administraciones que se contemplan en el artículo 19.Uno. En dicho artículo, en su apartado 3 de la citada norma, se determina que para las Universidades se aplicará una tasa de reposición de hasta un máximo del 100 por ciento, a plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y a las plazas de personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la correspondiente Universidad, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3. En el supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales y que hayan obtenido el certificado I3.

Las plazas de profesor contratado doctor que queden vacantes como consecuencia del acceso a un Cuerpo docente universitario, se podrán incluir en la tasa de reposición del ejercicio siguiente.

Además, en el apartado 7 del artículo 19.Uno de dicha norma se indica que para calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje de tasa máximo fijado se aplicará sobre la diferencia resultante entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios en cada uno de os respectivos sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en los mismos, en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses en la prestación de servicios por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas.

No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos las plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.

Teniendo en cuenta lo indicado para el cálculo de la tasa de reposición, ésta asciende, en la Universidad de Huelva para el año 2018, a 31 puestos.

La Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva para 2018 incluye las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deben proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso. Tal y como está previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público, la Oferta de Empleo Público, como instrumento de planificación de los recursos humanos, define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recursos humanos.

Este Rectorado, en virtud de las competencias que le están atribuidas conforme a la Ley, y efectuada negociación con los órganos de representación del Personal Docente e Investigador, ha resuelto:

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva para el año 2018, aprobada por acuerdo de Consejo de Gobierno de 20 de julio de 2018, según anexo que se acompaña.

Segundo. Esta Oferta de Empleo Público incluye las necesidades de recurso humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria, que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a todas las Administraciones Públicas.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 70.1 dela Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, las convocatorias para cubrir las plazas anunciadas se realizarán mediante Resolución de la Rectora que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y se ejecutará dentro del plazo máximo establecido.

Huelva, 17 de septiembre de 2018.- La Rectora, M.ª Antonia Peña Guerrero.

ANEXO

Cuerpo Subgrupo Plazas****
Catedrático de Universidad (*) A1 14
Titular de Universidad (**) A1 14
Contratado Doctor (**) A1 1
Contratado Doctor (***) A1 2

* Plazas que se convocan para su provisión mediante procesos de promoción interna.

** En aplicación de la tasa de reposición que establece la Ley 6/2018.

*** Reserva de plaza para el personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.

**** Del total de plazas se reservarán al personal con discapacidad las legalmente establecidas.

Descargar PDF