Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 183 de 20/09/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Resolución de 14 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a la captura de pulpo (Octopus Vulgaris), con artes de trampa en el litoral mediterráneo y se convoca la cobertura de vacantes en dicho censo.

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Con fecha de 2 de marzo de 2016 se publica la Orden de 19 de febrero de 2016, por la que se regulan los artes de trampa para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en el litoral mediterráneo de Andalucía y se crea el censo de embarcaciones autorizadas a dicha actividad con un total de 242 buques.

A través de su disposición transitoria primera, se estableció un periodo para la incorporación de embarcaciones habituales en la pesquería de pulpo en aguas del litoral mediterráneo de Andalucía, que cumpliesen los requisitos establecidos en el artículo 4.2 de la referida norma a fecha de publicación de la misma y no se encontrasen incluidas en el censo establecido en el Anexo I.

La personas responsables de las embarcaciones interesadas debían dirigir una solicitud a la Dirección General de Pesca y Acuicultura, acreditando su habitualidad en la pesquería en el plazo de un mes desde la fecha de publicación de la referida orden.

Este periodo transitorio culminó con la Resolución de 21 de septiembre de 2016 de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se publica el censo definitivo de embarcaciones autorizadas al uso de artes de trampa para la captura de pulpo en aguas del litoral mediterráneo de Andalucía llegando a su límite máximo con un total de 257 buques.

En su artículo 3, la Orden de 19 de febrero de 2016, establece que la Dirección General competente en materia de pesca y marisqueo mantendrá actualizado el censo conforme a las disposiciones establecidas en la referida orden.

Igualmente, en su artículo 8 se dispone, que causarán baja automáticamente en el Censo de embarcaciones autorizadas al uso de artes de trampa para la captura de pulpo, las embarcaciones afectadas por alguna de las siguientes circunstancias:

a) Embarcaciones que causen baja en el censo de artes menores.

b) Embarcaciones que trasladen su puerto base fuera del litoral mediterráneo de Andalucía.

c) Embarcaciones que permuten su derecho de pertenencia al censo.

d) Embarcaciones que no realicen ventas de pulpo (Octopus vulgaris) en establecimientos autorizados para la primera venta de productos pesqueros durante dos años consecutivos.

Atendiendo a este último apartado, por parte de esta Dirección General se ha realizado una revisión sobre las ventas de pulpo realizadas durante dos años consecutivos llevadas a cabo por las embarcaciones autorizadas al uso de artes de trampa para la captura de pulpo en aguas del litoral mediterráneo de Andalucía, pudiéndose comprobar que 38 embarcaciones no han realizado ventas de esta especie en lonjas andaluzas, por lo que se ha emitido la correspondiente resolución de baja del censo como se indica en el artículo 8.d) de la Orden de 19 de febrero de 2016.

Por otra parte, el artículo 7 de la misma orden establece que la reposición de vacantes ocasionadas por bajas sin sustitución en el Censo de embarcaciones autorizadas al uso de artes de trampa para la captura de pulpo, se llevará a cabo mediante convocatoria de la Dirección General competente en materia de pesca y marisqueo, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá en consideración los informes científicos disponibles que reflejen el estado y evolución de los recursos pesqueros.

En caso de presentarse un número de solicitudes de inclusión en el censo superior al número de vacantes, se concederá prioridad a las embarcaciones que registren un mayor número de días con ventas de pulpo (Octopus Vulgaris) en establecimientos autorizados para la primera venta de productos pesqueros durante el año anterior a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes.

El 6 de marzo de 2018 se emite informe del Instituto Español de Oceanografía sobre la reposición de las vacantes ocasionadas por bajas sin sustitución en el referido censo mediante el que se aconseja contener el esfuerzo pesquero ejercido sobre este recurso, por ello teniendo en cuenta que se ha producido un total de 38 bajas en dicho censo y al objeto de contener el esfuerzo pesquero como se recomienda en el informe del Instituto Español de Oceanografía, por parte de esta Dirección General se considera adecuado realizar la convocatoria del 80% de las vacantes producidas, en esta última actualización del censo.

Analizadas las circunstancias de las embarcaciones pertenecientes al referido censo, considerando las competencias que esta Dirección General tiene atribuidas de acuerdo con el Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y en uso de las facultades conferidas en la citada Orden de 19 de febrero de 2016

RESUELVO

Primero. Publicar como Anexo I de la presente resolución la actualización del censo de embarcaciones autorizadas para la captura de pulpo (Octopus Vulgaris) con artes de trampa en el litoral mediterráneo, una vez que se han producido las bajas en aplicación del artículo 8.d) de la Orden de 19 de febrero de 2016.

Segundo. Convocar 31 vacantes ocasionadas por bajas sin sustitución en el referido censo.

Tercero. Las personas interesadas deberán dirigir su solicitud a la Dirección General de Pesca y Acuicultura, conforme al modelo establecido en el Anexo II, en el plazo de cinco días desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución. La Dirección General resolverá en el plazo de 3 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cuarto. En caso de presentarse un número de solicitudes de inclusión en el censo superior al número de vacantes, se concederá prioridad a las embarcaciones que registren un mayor número de días con ventas de pulpo (Octopus Vulgaris) en establecimientos autorizados para la primera venta de productos pesqueros durante el año anterior a la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes, lo que se comprobará de oficio por la Dirección General de Pesca y Acuicultura.

Sevilla, 14 de septiembre de 2018.- La Directora General, Margarita Pérez Martín.

ANEXO I

CÓDIGO DE BUQUE NOMBRE MATRÍCULA
27120 ADRIAN Y ENRIQUE AM-1-1-07
11199 AGAHATA MA-3-249
21120 ALBA Y MANUEL AL-2-1776
23247 ALEJANDRA AL-2-2-95
21123 ALFONSITO JESUS AL-3-405
15128 AMIGO DEL MAR AM-1-954
20866 ANA MA-5-859
27499 ANA Y LUIS AM-2-1-13
3667 ANAS MA-1-445
12308 ANDRES Y FRANCISCA MA-1-816
55982 ANGELA MA-4-2990
15192 ANGELES DEL MAR MA-5-848
20931 ANITA MA-1-477
26794 ANMARI MA-5-4-05
12247 ANTONIO AL-3-302
26784 ANTONIO DAVID AL-3-8-05
23234 ANTONIO FRANCISCO MA-4-2-96
25437 ANTONIO MARTINEZ AM-2-3-02
4174 ANTONIO Y AMPARO AM-2-1851
12536 ANTONIO Y MARIA MA-2-432
14026 ANTOÑITA MA-1-899
22278 ANTOÑITA AGUADO CT-1-1034
23662 BAHIA CABO DE PALOS CT-4-4-96
27111 BAHIA LA ISLETA AM-2-2-07
10233 BALEARES BA-3-2587
14437 BETULO MA-1-903
11065 BIENVENIDO AM-1-835
14554 BLANCA MA-3-364
26659 BUFO SEGUNDO AM-2-7-05
26582 CABO PINO SEGUNDO MA-3-3-05
26212 CABOGATERO AM-2-1699
23494 CALA BERGANTIN CT-2-3-96
21706 CALA CHICA AM-2-2163
12587 CAÑADA MA-1-844
14864 CAZORLA AM-1-929
26945 CELESTINOS AM-2-4-06
25439 COBARCHO AM-1-1-02
26663 COSTA AGUA AMARGA CT-1-1-05
26611 COSTA DE VILLARICOS CT-1-4-05
27506 COSTA MARBELLA MA-2-1-13
20857 COSTA TRAFALGAR AL-2-1826
13075 CRISTO AM-2-2031
26059 CRISTO SEGUNDO AM-1-1-04
27376 CRISVER MA-1-1-10
53684 CUATRO HERMANOS MA-5-730
12526 DAVID MA-2-478
14272 DIEGO Y ANA CT-1-1080
15365 DIOS MIS HIJOS Y YO CT-2-1101
3674 DIOS TE BENDIGA MA-1-795
23647 DOMINGO Y RAFAEL MA-4-1-97
12558 DOS HERMANOS MA-1-880
27073 EL BUZO PRIMERO AM-2-3-05
3695 EL CANARIAS MA-4-2224
22681 EL CANUTO MA-4-3002
26769 EL CORRUQUERO AL-3-3-05
15517 EL JARRITO MA-5-847
25654 EL LELE MA-5-6-02
24842 EL LOBO MA-1-1-00
25265 EL NUEVO PASCUAL CT-1-5-01
15047 EL PEÑON CT-2-1071
15156 EL QUILLEJO AM-1-935
26671 EL XOPO MA-3-1-06
20305 EMILIO POMARES BA-1-1265
11552 ESPAÑA AL-3-227
23068 ESTEFANIA PRIMERO MA-4-2-95
20896 ESTRELLA DE ANDALUCIA MA-5-861
12584 FELICIDAD MA-5-672
12313 FRANCISCO BENZAL MA-1-855
22673 FRANCISCO MIGUEL MA-5-2-93
15102 FRANCISCO Y AGUSTIN AM-2-2123
6718 GARRUCHA CT-1-1025
22778 HALCON VELOZ MA-5-3-93
54244 HERMANA Y HERMANOS MA-2-380
25260 HERMANOS CANO DOS AM-1-1-01
3664 HERMANOS CERVANTES MA-4-2795
3675 HERMANOS DIAZ MA-1-885
24469 HERMANOS DIAZ RODRIGUEZ MA-5-1-98
15148 HERMANOS FERNANDEZ MA-1-909
23619 HERMANOS FLORES MA-1-2-97
27611 HERMANOS GAMBERO MA-2-2-13
13485 HERMANOS GUILLEN MA-3-350
3671 HERMANOS HUERTAS AL-1-462
12566 HERMANOS LEON MA-1-732
23113 HERMANOS MOLINA MA-5-3-91
23538 HERMANOS MONTEGORDO MA-1-1-97
11204 HERMANOS MONTERO CAZORLA MA-3-287
20929 HERMANOS MORALES MA-1-778
20902 HERMANOS RIPOLL MA-5-854
15130 HERMANOS SANCHEZ MA-3-371
24006 ISABEL Y ANTONIO AM-1-2-97
22812 J.D. CT-1-1-94
24611 J.M. SONIA AM-2-2112
11194 JIMAR MA-3-299
27370 JIMAR VI MA-3-1-10
3677 JOFRE MA-4-1467
14811 JOSE DE MARGARITA CT-1-1091
24926 JOSE RAMIREZ MA-4-1-01
27383 JOSE RODRIGUEZ MA-1-2-10
12307 JOSE Y EVA MA-1-882
27091 JOSEFA Y CARMEN MA-1-2-07
22872 JOVEN ALCATRUZ MA-4-4-92
14532 JOVEN JESUS CT-2-412
14315 JOVEN MANOLA MA-3-361
25188 JOVEN MARI MA-4-1-02
56302 JOVEN VICTORIA AL-2-1018
14885 JUAN JIMENEZ MA-1-904
51027 JUAN JOSE MA-2-401
13568 JUAN MORENTE AL-3-363
15294 JUAN Y CATALINA MA-1-913
25435 JUAN Y CHRISTIAN AT-2-4-02
4660 JUAN Y MARIA AM-1-842
14233 JUAN Y TOÑI MA-3-352
54245 LA BIENVENIDA MA-2-360
12531 LA NONA CU-1-1296
22537 LA TEMPESTAD I MA-5-865
27061 LEIRE I AM-2-5-06
24270 LIBERTAD PRIMERA MA-5-1-94
15204 LOS CHANES CT-1-1082
16108 LOS CHOCOS AM-1-949
12525 LOS CUATRO HERMANOS MA-2-458
11197 LOS GALDEANOS MA-3-346
12535 LOS GONZALEZ MA-2-464
21413 LOS HERMANOS HARO MA-5-869
25685 LOS LOPEZ MA-5-2-02
27088 LOS MARINOS MA-3-2-07
3672 LOS PEÑA MA-1-815
9709 LUCERO DE LA MAÑANA AM-2-1401
14423 LUIS MIGUEL MA-3-360
11532 MAGINA AL-3-341
26475 MANOLO CANO AM-1-2-05
12295 MANOLO Y JUAN MA-1-809
21556 MANUEL DIAZ CT-1-1123
26853 MANUEL EL PATO AL-3-7-05
11144 MANUEL Y ANA MA-2-479
21999 MANUEL Y GERO CP-3-1-91
20897 MAR ANDALUZ MA-5-860
26835 MARCOS Y LAURA MA-2-1-06
9455 MARIA MA-3-160
11149 MARIA AL-2-651
20215 MARIA AL-3-315
26918 MARIA DIAZ MA-5-1-05
14169 MARIA DOLORES CT-1-1074
12293 MARIA EUGENIA MA-1-851
11480 MARIA JOSEFA MA-4-2899
23618 MARIA RODRIGUEZ UNO CT-1-4-97
23427 MARIA Y SOLEDAD CT-2-4-96
11524 MATILDE AL-3-295
15818 MESTRALADA TA-3-2758
14308 MI ANTONIO LUIS CT-1-1069
23651 MI DAVID CT-1-5-97
14477 MI MULETO MA-3-365
14880 MI SULEYKA MA-1-900
26737 MICHELLE MA-3-2-06
12314 MIGUELITO MA-4-2774
15402 MIS NIÑOS Y YO MA-4-3010
27817 NENE Y JOSE AL-2-1-17
23337 NOU D’OCTUBRE VA-2-1-95
26150 NUEVO ALBATROS AT-3-3-04
22098 NUEVO BAHIA DE FUENGIROLA MA-3-376
14503 NUEVO DAN MA-3-363
14930 NUEVO DESEADO AM-2-2120
27203 NUEVO FRANCISCO DIEGO GR-1-1-08
22388 NUEVO HERMANOS JUAREZ AM-1-955
22768 NUEVO HERMANOS MADUEÑO MA-3-2-93
24068 NUEVO HERMANOS MEDINA MA-1-3-98
27132 NUEVO HERMANOS SANCHEZ MA-3-3-07
25186 NUEVO MARIA TRINIDAD AM-3-6-01
26933 NUEVO MARIELVA MA-5-2-05
22767 NUEVO MIGUEL MA-3-1-93
26522 NUEVO PELAO MA-3-2-05
27293 NUEVO RAFAELA MANUEL MA-3-1-09
23910 NUEVO SEGUNDA LAURA MA-5-2-95
25516 NUEVO SIRENA MA-5-4-02
26678 NUEVO TRES DOMINGUEZ AM-1-1-06
23961 PADRON AL-3-3-97
27134 PASTOR RUIZ MA-5-2-06
58303 PEPA SOTO DOS MA-3-1-04
10195 PEQUEÑA SALOME CT-1-1023
27195 PINGANO AM-1-1-08
27397 PLAYA AZUL CT-1-1-10
14389 PLAYA DE GATA AM-2-2090
4199 PLAYA DE ROQUETAS AM-2-2032
21931 PRIMAVERA AM-1-957
11123 PRINCESA SOFIA AM-2-1907
12280 PROSPERIDAD MA-5-669
11187 PUNTA DONCELLA MA-3-340
14231 PUNTA SALTILLO MA-3-356
27244 QUESADA MOLINA CT-1-2-08
27442 RASCARCIO AM-2-1-11
26860 RAUL Y ALBA MA-4-1-05
14317 RAUL Y SERGIO MA-3-359
27353 RIVELINO MA-5-2-09
11517 RODRIGUEZ AL-3-372
25042 ROMAN ALONSO AM-2-4-01
20818 ROSARITO AM-1-828
26523 SAN BERNABE AL-2-1-05
54211 SAN RAMON MA-4-2533
26669 SANTA GEMA SEGUNDO MA-3-4-05
54204 SANTA TERESA MA-4-2307
9445 SEGUNDA INMACULADA MA-3-325
14550 SEGUNDO CINCO HERMANOS AM-1-947
27357 SEGUNDO MIGUEL CARMEN MA-5-1-09
27440 SEGUNDO PEDRO BENZAL MA-1-1-11
55967 SEIS HERMANOS MA-4-2756
22983 SIERRA MIJAS MA-5-4-91
10216 SIMON DE DIOS CT-1-1058
15405 TORRE VIGIA AM-1-940
12429 TORREMOLINOS MA-4-2570
11529 VANIROSI AL-3-371
23648 VICENTE Y ALBA MA-3-1-94
57037 VIRGEN DEL CARMEN MA-4-2572
15289 WILLY TERCERO MA-1-911
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