Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 29/01/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 11 de enero de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 150/2017.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 150/2017. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20150003464.

De: Don Marcos Puentedura Martí.

Abogado: Alejandro Guerra Cáceres.

Contra: Transportes Asunción y Macías, S.L. y Fogasa.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 150/2017 a instancia de la parte actora don Marcos Puentedura Martí contra Transportes Asunción y Macías, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 11.1.18 del tenor literal siguiente:

DECRETO nÚM. 38/18

Letrado/a de la Administración de Justicia doña Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a once de enero de dos mil dieciocho.

Los anteriores escritos presentados por el Letrado don Alejandro Guerra Cáceres en nombre y representación de don Marcos Puentedura Martí, únase a los autos de su razón y,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Marcos Puentedura Martí ha presentado demanda de ejecución frente a Transportes Asunción y Macías, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 8.9.17 por un total de 5.600 € de principal más la de 1.120,14 € presupuestados para intereses y costas.

Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial. Asimismo consta en el Juzgado de lo Social núm. Tres de Sevilla que se ha declarado la insolvencia del demandado por decreto de fecha 6.2.17 en los autos 331/15.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

Declarar al/a los ejecutado/s Transportes Asunción y Macías, S.L. en situación de insolvencia total por importe de 5.600 € de principal más la de 1.120,14 € presupuestados para intereses y costas , insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Transportes Asunción y Macías, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a once de enero de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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