Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 225 de 21/11/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que, con carácter excepcional para la Campaña 2018, se amplía el plazo para la presentación de declaración de cosecha en el cultivo del arroz hasta el 15 de diciembre de 2018.

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El Reglamento (UE) núm. 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 637/2008 y (CE) núm. 73/2009 del Consejo, establece en su artículo 52 una ayuda asociada a los productores de determinados cultivos que afronten dificultades, con el objeto de incentivar el mantenimiento de los niveles de producción actuales.

El Reglamento delegado (UE) núm. 639/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) núm. 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y que modifica el anexo X de dicho Reglamento, establece una serie de actuaciones a realizar por los Estados miembros en relación a este pago.

Las disposiciones descritas han sido desarrolladas en el ámbito nacional a través del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

La sección 2.ª del Capítulo I del Título IV, relativa a la «Ayuda asociada al cultivo del arroz», del citado Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, dispone en su artículo 32.1 que anualmente, los beneficiarios que soliciten esta ayuda, deberán presentar antes del 15 de noviembre ante la autoridad competente tanto declaración de existencias en su poder a 31 de agosto del año en curso como declaración de cosecha que especifique la producción obtenida y la superficie utilizada.

En aplicación de lo establecido en el artículo 2 del Reglamento 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, a efectos de financiación, gestión y seguimiento de la PAC, podrá reconocerse como «fuerza mayor» y circunstancias excepcionales, entre otros, la catástrofe natural grave que haya afectado gravemente a la explotación. Esto, unido a lo previsto en el artículo 1105 del Código Civil, y de acuerdo con el Informe de 13 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Producción Agraria y Ganadera, relativo a la Campaña del Arroz en la provincia de Sevilla durante el año 2018, por el que se reconocen las condiciones climatológicas adversas que han dado lugar al retraso tanto de las fechas de siembra como de cosecha del cultivo del arroz, justifican la ampliación del plazo establecido en el artículo 32.1.b del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, para la presentación de la declaración de cosecha que especifique la producción obtenida y la superficie utilizada, ampliando dicho plazo, debiendo ser presentadas dichas declaraciones hasta el día 15 de diciembre de 2018.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y en particular el artículo 8 del Decreto 70/2016, de 1 de marzo, por el que se establece la organización y el régimen de funcionamiento del organismo pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo de Garantía y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se designa al organismo de certificación, y el artículo 13 del Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

RESUELVO

Primero. Para la campaña 2018 se autoriza la ampliación del plazo establecido en el artículo 32.1.b del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, para ayuda asociada al cultivo del arroz, según el cual los solicitantes deben presenten ante la autoridad competente la declaración de cosecha que especifique la producción obtenida y la superficie utilizada, hasta el día 15 de diciembre de 2018, todo ello debido a las condiciones climáticas adversas registradas en la provincia de Sevilla, y soportadas en el informe emitido por la Dirección General de Producción Agraria y Ganadera con fecha 13 de noviembre de 2018, que han influido en el retraso tanto de la fecha de siembra como de la fecha de cosecha.

Segundo. La presente resolución será de aplicación a los agricultores que produzcan arroz en la provincia de Sevilla, que soliciten en la Campaña 2018 la «Ayuda asociada al cultivo del arroz».

Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.

Sevilla, 14 de noviembre de 2018.- La persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, la Secretaria General de Fondos Europeos Agrarios (Por Suplencia: Artículo 4.6 Decreto 215/2015, BOJA núm. 136, de 15.7.15), Concepción Cobo González.

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