Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 22/11/2018

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Consejería de Turismo y Deporte

Anuncio de 19 de noviembre de 2018, de la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de Huelva, Secretaría General Provincial de Turismo y Deporte, por el que se notifican requerimientos de subsanación de expedientes de inscripción registral que se citan, en materia de turismo.

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Habiéndose intentado la notificación atendiendo a lo preceptuado en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con resultado infructuoso de los actos administrativos en procedimientos del Registro de Turismo de Andalucía a los titulares que, a continuación se citan, se realiza la misma por medio del presente anuncio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la citada ley.

Acto notificado: Requerimiento subsanación.

DNI/NIE/NIF TITULAR/REPRESENTANTE CÓDIGO/SIGNATURA
Y4153810R EDWIN ERNESTO AYALA CTC-2018156477
28747570P JOSÉ JAVIER ARRIBAS LEÓN VTAR/HU/00487
28282975J RAFAEL GALLEGO-GÓNGORA DÍAZ CTC-2018179076
X1540520A GABRIELE ASCHMANN CTC-2018135184

Para el trámite de subsanación disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial del Estado, para alegar por escrito y presentar la documentación que a su derecho convengan, significándoles que, en caso de que no lo hicieran, se tendrá por no presentada su Declaración Responsable, previa resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 143/2014, de 21 de octubre, por el que se regula la organización y el funcionamiento del Registro de Turismo de Andalucía.

Acto notificado: Acuerdo de inicio de cancelación.

DNI/NIE/NIF TITULAR/REPRESENTANTE CÓDIGO/SIGNATURA
B21174313 CASA GARCÍA DE ALMONASTER, S.L. H/HU/00377
B91813121 FORALEX INVESTMENT, S.L. VFT/HU/00056

Para el trámite de audiencia en acuerdo de inicio de cancelación disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial del Estado, para alegar por escrito y presentar la documentación que a su derecho convengan, significándoles que, en caso de que no lo hicieran, transcurrido el plazo señalado se procederá a dictar la oportuna resolución dejando sin efecto la declaración responsable presentada y cancelando de oficio la inscripción que se efectuó en el Registro de Turismo de Andalucía en base a dicha declaración responsable.

Acto notificado: Propuesta de resolución de modificación de capacidad.

DNI/NIE/NIF TITULAR/REPRESENTANTE CÓDIGO/SIGNATURA
28715239S ANA DÍAZ VEGA VFT/HU/00277
28719914K JULIÁN PARRA SÁNCHEZ VFT/HU/00425

Para el trámite de la Propuesta de modificación de capacidad disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial del Estado, para alegar por escrito y presentar la documentación que a su derecho convengan, significándoles que, en caso de que no lo hicieran, transcurrido el plazo señalado se procederá a dictar la oportuna resolución modificando la capacidad de la Vivienda con Fines Turísticos en el Registro de Turismo de Andalucía.

Acto notificado: Acuerdo de inicio de modificación de capacidad.

DNI/NIE/NIF TITULAR/REPRESENTANTE CÓDIGO/SIGNATURA
27292897Q ANTONIO GALLARDO URBANO VTAR/HU/00482
40439467Q FLORENCIO GAGO CUSTODIO VTAR/HU/00475

Para el trámite del Acuerdo de inicio de modificación de capacidad disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de esta publicación en el Boletín Oficial del Estado, para alegar por escrito y presentar la documentación que a su derecho convengan, significándoles que, en caso de que no lo hicieran, transcurrido el plazo señalado se procederá a dictar la oportuna resolución modificando la capacidad de la Vivienda Turística de Alojamiento Rural en el Registro de Turismo de Andalucía.

Huelva, 19 de noviembre de 2018.- La Delegada, Natalia Santos Mena.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015 y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de notificación.»

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