Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 15/02/2018

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 10 de febrero de 2018, de la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda en Granada, sobre notificación de resoluciones de expedientes sancionadores en materia de transportes.

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Ignorándose el actual domicilio de las personas y entidades que se relacionan por haber resultado desconocidas en las direcciones que figuran en los archivos de esta Delegación Territorial, o intentada la notificación no se ha podido practicar, y contra las que se tramita expediente sancionador por infracción a la normativa de transportes terrestres, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante el presente anuncio se notifica lo siguiente:

NOTIFICACIONES RESOLUCIÓN SANCIÓN

Expediente: GR-01542/2017 Matrícula: 8860HHF Titular: MARESANA SCL Nif/Cif: F18033811 Domicilio: PL.VICTORIA 1-BJ Co Postal: 18300 Municipio: LOJA Provincia: Granada Fecha de denuncia: 06 de Julio de 2017 Vía: ACERA DEL DARRO S N Punto kilométrico: Hechos: No llevar puestas las tarifas urgentes (careciendo de ellas) para ser vistas por los usuarios. Normas Infringidas: 42E L LEY 2/2003 66E D Sancion: 135

Expediente: GR-01543/2017 Matrícula: 8860HHF Titular: MARESANA SCL Nif/Cif: F18033811 Domicilio: PL.VICTORIA 1 BJ Co Postal: 18300 Municipio: LOJA Provincia: Granada Fecha de denuncia: 06 de Julio de 2017 Vía: ACERA DEL DARRO Punto kilométrico: Hechos: No presentar el documento oficial de excención del taxímetro. Decreto 35/2012 art. 34. Normas Infringidas: 40G L LEY 2/2003 65D D Sancion: 270,01

Expediente: GR-01673/2017 Matrícula: 2299CZY Titular: RIVAS GONZALEZ JOSE Nif/Cif: 44251480D Domicilio: PASEO DE LA ERMITA 36 ES 2 BJ A Co Postal: 18194 Municipio: CHURRIANA DE LA VEGA Provincia: Granada Fecha de denuncia: 24 de Agosto de 2017 Vía: Punto kilométrico: Hechos: Taxi metropolitano sin seguro y sin tarjeta haciendo recogida de pasajeros en Granada. Normas Infringidas: 39A L LEY 2/2003 64A D Sancion: 1380,01

Vistas las actuaciones practicadas en los expedientes que se citan, instruidos de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2003, de 12 de mayo, y en el Decreto 35/2012, de 21 de febrero, en relación con el Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica 5/87, de 30 de julio, y los Decretos de la Junta de Andalucía 30/1982, de 22 de abril, y 259/1986, de 17 de septiembre, se han dictado las correspondientes resoluciones sancionadoras, imponiendo la sanciones especificadas anteriormente.

Conforme a lo establecido en el art. 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el 213 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, contra las citadas resoluciones se podrá interponer recurso de alzada, dentro del plazo de un mes, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente notificación, ante la Delegación Territorial de la Junta de Andalucía, sita en Avda. Joaquina Eguaras, 2, 18013, Granada.

De no interponerse el recurso de alzada en el plazo indicado, la sanción devendrá firme, abriéndose plazo de 15 días para el pago voluntario. De no hacerse efectiva se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo previsto en el artículo 101 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sirviendo el presente anuncio de previo apercibimiento a los efectos de lo previsto por el artículo 95 de la misma norma.

La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en los arts. 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y con carácter previo a la preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de su notificación.

Granada, 10 de febrero de 2018.- El Delegado, José Antonio Martín Núñez.

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