Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 16/02/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 8 de febrero de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 220/2017.

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Procedimiento: 625/13 Ejecución de títulos judiciales 220/2017. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20130006792.

De: Fundación Laboral de la Construcción.

Abogado: Pilar Jiménez Navarro.

Contra: Construcciones y Estructuras Toscana, S.L., y Fogasa.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 220/2017, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construcciones y Estructuras Toscana, S.L., y Fogasa sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 8.2.18 del tenor literal siguiente:

DECRETO Núm. 163/18

Letrado/a de la Administración de Justicia, doña Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a ocho de febrero de dos mil dieciocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Fundación Laboral de la Construcción ha presentado demanda de ejecución frente a Construcciones y Estructuras Toscana, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 28.11.17 por un total de 141,71 € de principal más la de 42,51 € presupuestados para intereses y costas.

Tercero. De las actuaciones practicadas se obtuvo la cantidad de 138,70 euros, habiendo quedado reducido el principal reclamado a la suma de 3,01 euros, y se ha dado audiencia al Fondo de Garantía Salarial tras el resultado negativo del resto de averiguaciones realizadas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar al/a los ejecutado/s Construcciones y Estructuras Toscana, S.L., en situación de insolvencia parcial por importe de 3,01 € de resto de principal más la de 42,51 € presupuestados para intereses y costass, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/la Letrado/a de la Administración de Justicia

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones y Estructuras Toscana, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a ocho de febrero de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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