Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 26/02/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Rincón de la Victoria (Málaga). (PP. 3582/2017).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.3 del Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis del municipio de Rincón de la Victoria (Málaga) que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TARIFAS AUTORIZADAS

IVA INCLUIDO

CONCEPTOS TARIFA 1 TARIFA 2 TARIFA 3
BAJADA DE BANDERA 3,13 euros 3,91 euros 4,98 euros
VALOR EUROS SALTO KILOMÉTRICO 0,05 euros 0,05 euros 0,05 euros
TARIFA KILOMÉTRICA 0,95 euros 1,18 euros 1,47 euros
TARIFA HORARIA 19,30 euros 23,00 euros 28,00 euros
CARRERA MÍNIMA 5,00 euros 5,00 euros 6,25 euros
SUPLEMENTO RECOGIDA DOMICILIO 1,20 euros 1,20 euros 1,20 euros

Tarifa 1:

- Laborables diurnos de 6:00 horas a 22:00 horas.

Tarifa 2:

- Laborables nocturnos de 22:00 horas a 6:00 horas.

- Sábados, domingos y festivos de 00:00 a 24 horas.

- Fiestas Locales de 00:00 horas a 24 horas.

Tarifa 3:

- Los días 24 de diciembre de 22:00 horas hasta las 08:00 horas del día 25 de diciembre.

- El 31 de diciembre desde las 22:00 horas hasta las 08:00 horas del día 1 de enero.

Segundo. Esta Resolución surtirá efectos desde el día 29 de noviembre de 2017, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a los usuarios del servicio, por los profesionales del sector, exhibiéndola en un lugar visible del vehículo hasta tanto no se publique en el citado boletín.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda de esta Consejería en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de diciembre de 2017.- La Directora General, Ana María Campos Montero.

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