Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 07/03/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Resolución de 1 de marzo de 2018, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Málaga, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Tres de Málaga, y se emplaza a los terceros interesados en el procedimiento abreviado núm. 61/2018.

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Por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. Tres de Málaga se ha efectuado requerimiento para que se aportase el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo P.A. 61/2018, interpuesto por María Isabel García Marcos, contra la Resolución de la Consejería de igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía de 17.11.17 denegatoria de la solicitud de incorporación a su puesto de trabajo de la recurrente, como Inspectora Médica en la Delegación Territorial de Igualdad, salud y Políticas Sociales en Málaga de 27.9.2017 y para que se realicen los emplazamientos a los posibles interesados correspondientes a dicho recurso. En consecuencia de conformidad con lo ordenado por dicho Juzgado y a tenor de lo dispuesto en los artículos 78, 48 y 49 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

HE RESUELTO

Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo P.A. 61/2018 y ordenar la remisión del expediente administrativo al Juzgado Contencioso-Administrativo núm. Tres de Málaga

Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o solo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la misma Ley.

Málaga, 1 de marzo de 2018.- La Delegada, Ana Isabel González de la Torre.

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