Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 08/03/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de febrero de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, dimanante de autos núm. 163/2014.

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La Letrada de la Administración de Justicia doña Silvia Moreno García del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada certifica extracto de sentencia en autos de juicio verbal sobre divorcio seguidos ante este Juzgado bajo el número 163/2014 a instancia de don Mourad El-Oirdighi contra doña Sabaa Ali Hamed, en situación procesal de rebeldía y paradero desconocido.

SENTENCIA nÚm. 753/2014

En la ciudad de Granada, a quince de diciembre de dos mil catorce.

Vistos por doña Juana Carrero Fernández, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Granada, de Familia, los presentes autos de procedimiento de divorcio contencioso seguidos ante este Juzgado bajo el número 163/14, promovidos a instancia de don Mourad El-Oirdighi, representado por el Procurador don Luis Alcalde Miranda y defendido por el Letrado don Julio M.ª Escamilla Castillo, contra doña Sabaa Ali Hamed, declarada en situación procesal de rebeldía, sin la intervención del Ministerio Fiscal, ha dictado la presente resolución en base a los siguientes

FALLO

Que estimando totalmente la demanda interpuesta por el Procurador don Luis Alcalde Miranda, en nombre y representación de don Mourad El-Oirdighi, frente a doña Sabaa Ali Hamed, debo declarar y declaro el divorcio postulado, y en su consecuencia disuelto en todos sus efectos legales el matrimonio contraído por aquéllos el día 9 de septiembre de 2005, produciéndose la disolución del régimen económico matrimonial por el que venían rigiéndose, por ministerio de la Ley. Todo ello sin expresa declaración en cuanto a las costas causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Granada.

Una vez firme esta resolución, remítase testimonio de la misma al Registro Civil correspondiente para que se haga la oportuna anotación marginal en el asiento referente al matrimonio de los cónyuges a los que afecta.

Inclúyase la presente en el libro de sentencias, llevándose testimonio a los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña Sabaa Ali Hamed, en paradero desconocido, se expide el presente en Granada, a catorce de febrero de dos mil dieciocho.

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