Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 23/04/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 6 de abril de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 683/2017.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 683/2017. Negociado: 01.

NIG: 2906744S20170008875.

De: Don José Luis Campos Campano.

Abogado: Juan Luis Olalla Gajete.

Contra: Alamiromar, S.L.U., Nydram Hotels 2017, S.L., y Fogasa.

EDICTO

Doña María Caballero Redondo, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 683/2017 a instancia de la parte actora don José Luis Campos Campano contra Alamiromar, S.L.U., Nydram Hotels 2017, S.L., y Fogasa, sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia de fecha 23.2.2018 del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 74/2018

En Málaga, a veintitrés de febrero de dos mil dieciocho.

Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Núm. Seis de Málaga, los precedentes autos número 683/2017 seguidos a instancia de don José Luis Campos Campano, asistido por Letrado/a Sr/a. Olalla Gajete, frente a la/s entidad/es Alaminomar, S.L.U., y Nydram Hotels, S.L., que no comparece/n, sobre reclamacion de cantidad.

FALLO

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don José Luis Campos Campano, frente a las entidad/es Alaminomar, S.L.U., y Nydram Hotels, S.L., sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno solidariamente a las empresas demandadas a que abone/n al actor la cantidad de 2.435,63 euros, más el interés moratorio del 10% sobre los conceptos salariales.

Notifíquese la presente Resolución a las partes y a Fogasa en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso de suplicación,

Así, por ésta, mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Alamiromar, S.L.U., y Nydram Hotels 2017, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a seis de abril de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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