Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 08/05/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 3 de mayo de 2018, de la Agencia Andaluza del Conocimiento, por la que se da publicidad al Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, la Agencia Andaluza del Conocimiento de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Málaga para la realización de actividades conjuntas en el marco del Foro Transfiere.

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El Secretario General de Ciencia e Innovación del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, el Director Gerente de la Agencia Andaluza del Conocimiento y el excelentísimo Alcalde del Ayuntamiento de Málaga han suscrito, con fecha 16 de febrero de 2018, el Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, la Agencia Andaluza del Conocimiento de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Málaga para la realización de actividades conjuntas en el marco del Foro Transfiere.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y conforme a lo previsto en el artículo 24 de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento, aprobados por el Decreto 92/2011, de 19 de abril, y modificados por el Decreto 1/2018, de 9 de enero, se dispone la publicación del referido Convenio.

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD, LA AGENCIA ANDALUZA DEL CONOCIMIENTO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y EL AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CONJUNTAS EN EL MARCO DEL FORO TRANSFIERE

En Madrid, a 16 de febrero de 2018.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. don Juan María Vázquez Rojas, en nombre y representación del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (en adelante MEIC), en su calidad de Secretario General de Ciencia e Innovación, con las competencias en materia de Innovación, promoción de la Competitividad y Grandes Infraestructuras Científico-Técnicas, actuando por delegación de la Sra. Secretaria de Estado, que ostenta en virtud del apartado 5.1 de la Resolución de 1 de julio de 2016 de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, así como todas las demás contempladas en el Real Decreto 531/2017, de 26 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MEIC.

De otra parte, el Sr. don Manuel García León, en nombre y representación de la Agencia Andaluza del Conocimiento de la Junta de Andalucía (en adelante, AAC), en su calidad de Director Gerente de la misma, cargo para el que fue nombrado en virtud de Decreto 335/2015, de 28 de julio (BOJA de 30.7.2015), con las competencias que tiene atribuidas en materia fomento de la Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y, en concreto, a los efectos del presente convenio, en uso de la facultad que le atribuye el artículo 14.2.l) de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento, aprobados por el Decreto 92/2011, de 19 de abril, y modificados por el Decreto 1/2018, de 9 de enero.

Y de otra, el Sr. don Francisco de la Torre Prados, en nombre y representación del Ayuntamiento de Málaga, estando especialmente facultado para esta firma por el acuerdo tomado por la Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Málaga, de 2 de febrero de 2018.

Las partes, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, se reconocen la capacidad para convenir y obligarse en los términos del presente documento, y a tal efecto,

EXPONEN

Primero. Que el MEIC, es el Departamento de la Administración General del Estado al que corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia económica y de reformas para la mejora de la competitividad, de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, la política comercial y de apoyo a la empresa, así como el resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.

Que más concretamente, la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación del MEIC (en adelante SEIDI) es la encargada de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de investigación científica y tecnológica, del desarrollo e innovación en todos los sectores, así como de la coordinación de los organismos públicos de investigación de titularidad estatal y de asegurar la coherencia y la coordinación del fomento de la I+D+i en el territorio de España.

Entre otras, la SEIDI tiene específicas competencias sobre el impulso de programas conjuntos con Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales en materia de innovación; la promoción e impulso de actividades destinadas al fomento de la transferencia y circulación de conocimientos entre los agentes del Sistema Español e Ciencia, Tecnología e Innovación; el diseño y coordinación de las iniciativas en materia de creación de empresas de base tecnológica y fomento de la innovación; la promoción de ámbitos estratégicos en materia de innovación; el impulso de la compra pública innovadoras y la promoción y colaboración con las plataformas tecnológicas en áreas estratégicas.

Segundo. Que la AAC, tienen encomendadas, entre otras, las competencias relativas a la coordinación y el fomento de la investigación científica y técnica y la transferencia del conocimiento y la tecnología en el Sistema Andaluz del Conocimiento, así como su seguimiento y evaluación, con especial atención a las personas dedicadas a la investigación, los proyectos de investigación y la aplicación del conocimiento, la difusión de la ciencia a la sociedad y de sus resultados al tejido productivo. En concreto, a la AAC, según recoge el artículo 4.2 de sus Estatutos, le corresponde el fomento de la innovación tecnológica en Andalucía, transfiriendo conocimiento, a través de los Agentes del Conocimiento y de la participación de las empresas y de dichos Agentes en los programas de I+D+i de la Unión Europea. Asimismo, y tal y como establece el artículo 5 de los citados Estatutos, en desarrollo de las funciones de fomento y gestión de la investigación que la AAC tiene atribuidas, le corresponden, entre otras, la promoción y fomento de las actuaciones de investigación y la ejecución de actuaciones de especial relevancia pública.

Tercero. Que el Ayuntamiento de Málaga, consciente del carácter emprendedor de la ciudad de Málaga, lleva a cabo múltiples proyectos tecnológicos que se desarrollan en esta capital. El Ayuntamiento de Málaga no sólo promueve estos proyectos, sino que además lidera iniciativas cuyos objetivos van más allá de la modernización, logrando ser referencia para el resto de ciudades españolas y europeas. En su apuesta continua por la innovación mediante el desarrollo de políticas, actividades e iniciativas de innovación y emprendimiento en la ciudad.

Cuarto. Que las partes ven necesario formalizar una colaboración marco para la coorganización del Foro Transfiere, principal evento celebrado en España que tiene por objeto la transferencia del conocimiento, con un enfoque plurisectorial.

El Foro Transfiere aúna, de un lado, los grupos de investigación de las Universidades y otras instituciones que desarrollan I+D+i, plataformas, parques y centros tecnológicos, así como organismo públicos con competencias en esta materia, y de otro lado, empresas de base tecnológica, organizaciones empresariales y clusters de diversos sectores.

El Foro Transfiere se caracteriza por:

- Ser un espacio único en España para fomentar la transferencia tecnológica y la cooperación empresarial, siendo el gran foro profesional y multisectorial de la Innovación.

- Ser un foro de networking cuyo principal objetivo es fomentar la cooperación entre el ámbito científico y el sector empresarial a través de la transferencia de conocimiento. Así, representantes institucionales, investigadores, técnicos y profesionales procedentes del ámbito público y privado, ponen en común las últimas novedades tecnológicas para crear de este modo, oportunidades de negocio con empresas.

- Disponer de una herramienta on line propia, una plataforma de networking desarrollada de forma exclusiva y adaptada a las necesidades de los participantes. Esta herramienta ha sido diseñada bajo las directrices de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE) y del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) con el objetivo de responder a las necesidades de la comunidad investigadora.

- Contar con un equipo especializado en la organización de eventos profesionales y de networking que posee la importante experiencia de haber realizado con éxito seis ediciones del Foro.

- Situar a Málaga, Andalucía y España como epicentro del debate sobre las últimas novedades en el panorama científico-investigador, con la correspondiente difusión que ello supone en canales profesionales y altamente especializados.

- Facilitar que la comunidad científica e investigadora asimile que la cita anual en Málaga resulta clave para anticipar las tendencias en investigación en los diferentes sectores productivos.

- Contribuir al desarrollo socioeconómico y la competitividad del tejido empresarial del entorno, así como la integración del sistema ciencia, tecnología y empresa.

El Foro Transfiere supone una oportunidad para demostrar la capacidad de Málaga, Andalucía y España para promover y organizar encuentros de gran envergadura en torno a la generación de conocimiento, que llegan a un amplio público y especializado gracias al papel dinamizador del comité organizador. La celebración de Transfiere va en sintonía con un modelo productivo basado en la generación de conocimiento y la promoción del talento español en el ámbito internacional.

Por lo tanto, en consideración de lo expuesto anteriormente y de los compromisos expresados en este documento, las partes, con intención de obligarse legalmente, acuerdan por este documento que serán de aplicación las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto del presente Convenio Marco es establecer una colaboración entre los coorganizadores del Foro Transfiere, el MEIC, la AAC y el Ayuntamiento de Málaga, que facilite reunir, en torno al evento, una masa crítica de recursos y conocimientos de distintos campos, tecnologías, disciplinas científicas e infraestructuras de investigación para abordar los retos y necesidades que se plantean en el Foro Transfiere que se celebra anualmente en Málaga.

El Foro Transfiere, como principal evento celebrado en España que tiene por objeto la transferencia del conocimiento, con un enfoque plurisectorial, y aúna de un lado los grupos de investigación de las Universidades y otras instituciones que desarrollan I+D+i, plataformas, parques y centros tecnológicos así como organismos públicos con competencias en esta materia, y de otro lado, empresas de base tecnológica, organizaciones empresariales y clusters de diversos sectores. Transfiere ofrece todas las novedades, tendencias, soluciones y herramientas para crear un perfecto ecosistema de la innovación.

Asimismo, la colaboración entre estas tres entidades se extenderá a reforzar la proyección de Málaga, Andalucía y España en el exterior a través del Foro Transfiere, el cual ha adquirido una amplia dimensión internacional, y se ha consolidado como uno de los principales foros europeos para la Ciencia, Tecnología e Innovación.

Segunda. Responsabilidad ejecutiva del foro.

El Ayuntamiento de Málaga asumirá la plena responsabilidad ejecutiva del Foro Transfiere y del cumplimiento de los compromisos adoptados en el diseño y ejecución de cada edición del Foro, así como asumirá el compromiso de cumplimiento de los contenidos económicos, que se determinarán entre las partes de forma específica para cada edición que se celebre del Foro Transfiere durante la vigencia del presente acuerdo de intenciones.

Tercera. Alcance.

Las partes firmantes potenciarán el desarrollo de medidas de fomento de la innovación, desarrollo tecnológico, internacionalización y la transferencia de conocimiento a través de las líneas estratégicas acordadas en este convenio de colaboración, y formarán parte de sus objetivos:

- Incrementar los indicadores de crecimiento: profesionales acreditados, empresas expositoras, grupos de investigación, universidades, plataformas tecnológicas, países, capacidades tecnológicas, citas establecidas, ponentes, difusión en medios de comunicación.

- Aumentar la convocatoria a través de sus redes de influencia y alcance.

- Reforzar la imagen del foro y a su vez la proyección de Málaga, Andalucía y España en el exterior logrando ser referencia para el resto de ciudades españolas y europeas.

- Fomentar la presencia en el Foro de todos los actores que constituyen el ecosistema del I+D+i.

- Mejorar los resultados generales propuestos por el Comité Organizador del Foro Transfiere.

Las tres entidades coorganizadoras tendrán la responsabilidad de apoyar y ayudar en la consecución de los objetivos estratégicos marcados.

Cuarta. Memoria explicativa.

El Ayuntamiento de Málaga tendrá la responsabilidad ejecutiva del Foro Transfiere y se comprometerá a realizar una memoria explicativa al finalizar la actividad, donde aparecerá copia de todo el material que se edite para la difusión de esta actividad y resumen del cumplimiento de los objetivos del presente convenio.

Quinta. Datos de carácter personal.

A los datos de carácter personal derivados del presente Convenio Marco les será de aplicación lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa de desarrollo, utilizándose por las partes firmantes exclusivamente para los fines del presente Convenio Marco.

Sexta. Comisión de seguimiento.

A fin de asegurar el desarrollo satisfactorio de este Convenio Marco, deberá constituirse Comisión de Seguimiento integrada al menos por dos representantes de cada una de las partes.

Una vez firmado el presente Convenio, en el plazo máximo de un mes desde la fecha de dicha firma, cada parte nombrará a sus representantes y lo comunicará a la otra parte. Para la sustitución de los miembros de la Comisión bastará con la comunicación a las otras partes previa a la celebración de la reunión.

Esta Comisión, que se reunirá por acuerdo entre las partes, tendrá las siguientes funciones:

- Realizar un seguimiento de las actuaciones que se desarrollen en el marco de este Convenio Marco.

- Coordinar las actuaciones necesarias para la adecuada ejecución del Convenio Marco, definiendo las medidas correctoras oportunas para conseguir el adecuado cumplimiento del mismo.

- Valorar el grado de cumplimiento de los objetivos previstos.

- Interpretar las dudas y resolver las controversias que pudieran surgir en relación con la interpretación y ejecución del Convenio Marco.

Esta Comisión de Seguimiento se regirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión se considerará el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio a los efectos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima. Vigencia.

El presente Convenio Marco entrará en vigor a partir de su firma y su vigencia inicial se extenderá hasta el 30 de marzo de 2020, en coherencia con el Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión Europea, Horizonte 2020.

La vigencia del Convenio Marco podrá prorrogarse por acuerdo expreso de las partes, con anterioridad a la finalización del mismo.

Octava. Resolución del convenio marco.

Serán causa de resolución del presente Convenio Marco:

- Terminación del periodo de vigencia.

- Mutuo acuerdo de las partes.

- Imposibilidad sobrevenida para su cumplimiento.

- El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones establecidas.

- La denuncia efectuada por escrito de alguna de las partes, con anterioridad a la finalización de la vigencia del mismo.

En estos supuestos de resolución, será la Comisión de seguimiento la que decidirá la manera de finalizar las actuaciones en curso.

Novena. Protección de datos.

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos.

Décima. Confidencialidad de la información.

La información que las partes se entreguen para el desarrollo de este Convenio Marco tendrá carácter confidencial, a menos que las mismas acuerden lo contrario.

Dicho carácter se notificará expresamente a los respectivos empleados y se mantendrá el carácter confidencial de la información una vez rescindido el Acuerdo Marco.

Con independencia de la extinción del presente contrato, el compromiso de confidencialidad permanecerá por tiempo ilimitado o hasta que esa información, por otro medio, pase a ser dominio público.

Decimoprimera. Régimen jurídico y resolución de controversias.

El presente Convenio se regirá por lo establecido en sus cláusulas y tendrá carácter administrativo, de los contemplados en el artículo 4.1.c) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por lo que queda fuera de su ámbito de aplicación, si bien se observarán sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Todas las cuestiones que se susciten entre las partes por la interpretación del presente acuerdo marco, serán resueltas de común acuerdo entre ellas, en el seno de la Comisión de Seguimiento. En el caso de que tal acuerdo no fuera posible, las posibles controversias deberán ser resueltas de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Decimosegunda. Modificación del convenio.

La modificación del contenido del Convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes y se recogerá expresamente mediante la firma de una Adenda.

Decimotercera. Publicidad y eficacia del convenio.

El presente Convenio producirá sus efectos una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Se deberá constatar la colaboración de las partes en todas las actividades editoriales, informativas y promocionales en relación con las actuaciones contempladas en este Convenio, insertando el logo que se facilite al efecto.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio marco en la fecha y lugar arriba indicados.

Por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad: Juan María Vázquez Rojas.

Por la Agencia Andaluza del Conocimiento: Manuel García León.

Por el Ayuntamiento de Málaga: Francisco de la Torre Prados.

Lo que se hace público, para general conocimiento, conforme a los preceptos arriba indicados.

Sevilla, 3 de mayo de 2018.- El Secretario General, Pedro Bisbal Aróztegui.

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