Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 109 de 10/06/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 8 de febrero de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Granada, dimanante de autos núm. 717/2018. (PP. 1060/2019).

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NIG: 2815100C20170000583.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 717/2018. Negociado: MJ.

De: Mapfre España, Cía. Seguros y Reaseguros, S.A.

Procuradora: Sra. Patricia González Morales.

Contra: Raúl Nogales Vicente.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En los autos de referencia, se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo, literalmente dicen:

SENTENCIA NÚM. 10/19

En Granada, a uno de febrero de dos mil diecinueve.

Vistos por mí, M.ª Montserrat Peña Rodríguez, Ilma. Sra. Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Granada, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos con el núm. 717/18, a instancia de la entidad aseguradora «Mapfre España, S.A.», representada por la Procuradora doña Patricia González Morales y asistida por la Letrada doña Mercedes Pérez Fernández, frente a don Raúl Nogales Vicente, en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Se estima totalmente la demanda interpuesta a instancia de la entidad aseguradora «Mapfre España, S.A.», frente a don Raúl Nogales Vicente, en situación de rebeldía procesal, condenando al demandado a abonar a la entidad actora la cantidad de 4.174,86 euros, más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda, incrementado en dos puntos a partir de la fecha de esta resolución, con expresa condena al pago de las costas devengadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Granada (artículo 455 de la LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco de Santander núm. 1738/0000/03/0717/2018, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita).

Quede en los autos testimonio de la presente resolución y llévese el original al Libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo M.ª Montserrat Peña Rodríguez, Ilma. Sra. Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de los de Granada.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia, en el día de su fecha, estando celebrando audiencia pública la Magistrada-Juez que la dicta. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a don Raúl Nogales Vicente, a través del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, extiendo y firmo la presente en Granada, a ocho de febrero de dos mil diecinueve.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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