Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 20/06/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 14 de junio de 2019, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba las lista definitiva adicional de un aspirante que ha superado el concurso-oposición de Auxiliar Administrativo/a,  por el sistema de acceso libre, se anuncia la publicación de dicha lista, se indica la plaza que se oferta y se inicia el plazo para solicitar destino.

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Mediante la Resolución de 17 de diciembre de 2018 (BOJA núm. 250, de 28 de diciembre), de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de Auxiliar Administrativo/a y Telefonista, por el sistema de acceso libre, se anuncia la publicación de dichas listas, se indican las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino, y se anuncia su publicación por orden alfabético y de puntuación, indicando el sistema de acceso por el que participa cada aspirante, la puntuación consignada por las personas aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo de méritos presentado, la puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en cada uno de los apartados del baremo de méritos, y las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, de oposición y la total del concurso-oposición.

Asimismo, en el resuelve segundo, se aprobó la lista definitiva de personas aspirantes que no han superado el concurso-oposición, ordenada alfabéticamente, con indicación de la puntuación consignada por las personas aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo presentado, la puntuación obtenida en la fase de oposición, y la puntuación total obtenida en el concurso-oposición. Se advertía que la puntuación asignada por los Tribunales Calificadores en la fase de concurso sólo se indica en el caso de que la puntuación del autobaremo sea igual o mayor que la obtenida por la última persona aspirante que supera definitivamente el concurso-oposición.

En el resuelve tercero se aprobó la lista definitiva de personas aspirantes excluidas de la fase de concurso, con indicación de la causa de exclusión. Se indicaba que las causas de exclusión fueron publicadas como anexo a la resolución que aprueba las listas provisionales de personas aspirantes que superan el concurso-oposición de la correspondiente categoría.

Adicionalmente, se aprobó la relación de plazas que se ofertan conforme a la distribución por centros de destino que se indicaba en el Anexo I de la citada Resolución de 17 de diciembre de 2018 (BOJA núm. 250, de 28 de diciembre), y Corrección de errores (BOJA núm. 113, de 14 de junio de 2019), y se indicaba que los aspirantes que han superado el concurso oposición, disponen de un plazo de 15 días naturales para, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), presentar la solicitud de petición de centro de destino, señalando la forma en que debían presentarse tanto la citada petición de centro de destino, como las declaraciones responsables requeridas y la documentación acreditativa de la dependencia personal y/o dificultades de desplazamiento.

Habiéndose advertido error en el listado definitivo de aspirantes que superan el concurso oposición de Auxiliar Administrativo publicado, por el sistema de acceso libre, en lo relativo a la asignación de plazas reservadas al cupo de discapacidad, al haberse adjudicado seis plazas, habiéndose ofertado un total de siete, tal y como se dispone en la Oferta de Empleo Público del Servicio Andaluz de Salud 2013-2015, convocada conjuntamente, derivada de los Decretos 235/2013, de 10 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2013 (BOJA núm. 242, de 12 de diciembre), 170/2014, de 9 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2014 (BOJA núm. 241, de 11 de diciembre) y 96/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2015 (BOJA núm. 44, de 5 de marzo) de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, procede la aprobación de un listado adicional de un candidato/a que supera el concurso oposición de la categoría señalada de Auxiliar Administrativo, por el sistema de acceso libre, con la finalidad de realizar la adjudicación de la totalidad de plazas reservadas al cupo de discapacidad del tipo correspondiente.

Habiéndose detectado que existían personas candidatas incluidas en los listados provisionales de aspirantes que no han superado el concurso-oposición para los que persistía la necesidad de requerirles la documentación justificativa de los méritos alegados, en vista de que su puntuación total en el autobaremo y oposición superaba la de la última persona candidata baremada incluida en la lista provisional de aspirantes que superan el concurso oposición para la adjudicación de plazas reservadas al cupo de discapacidad del tipo correspondiente, dada la necesidad de asignación de una plaza adicional reservada al cupo de discapacidad objeto del presente, se procedió a realizar los nuevos requerimientos de documentación dirigidos a las personas candidatas que se encuentran en tal situación.

Igualmente, tras la comprobación de la documentación aportada y consignación de la correspondiente puntuación por el Tribunal Calificador, y disponiendo del correspondiente plazo para formular alegaciones por los candidatos interesados, habiendo sido resueltas las mismas, resulta procedente la aprobación de los citados listados definitivos adicionales de aspirantes que superan y que no superan el proceso selectivo, por el sistema de acceso libre, para la adjudicación de una plaza reservada a este cupo de discapacidad.

Todo ello en base al artículo 23.2 de la Constitución Española, que garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública de acuerdo a los principios de mérito y capacidad, con arreglo a las bases y al procedimiento de selección establecido, garantizando su aplicación por igual a todas las personas participantes, lo que obliga a realizar el citado anuncio de los nuevos listados definitivos adicionales, del plazo para la presentación de la solicitud de destino por la persona aspirante que pasa a ser incluida en el listado de aspirantes que superan el concurso oposición y de la aportación de la correspondiente documentación.

De conformidad con lo anterior, y con lo establecido en la base 9, apartado 1.2, del Anexo I de la Resolución de 13 de abril de 2015 (BOJA núm. 74, de 20 de abril), modificada por Resolución de 18 de julio de 2016 (BOJA núm. 143, de 27 de julio), ambas de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Auxiliar Administrativo/a, Celador/a-Conductor/a, Telefonista, Celador/a, Limpiador/a y Personal de Lavandería y Planchado dependientes del Servicio Andaluz de Salud, en la que se establece que contra la resolución por la que se aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado el concurso-oposición, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y se señala que el número de personas aprobadas no podrá superar el número de plazas convocadas, siendo, cualquier resolución que contravenga lo expuesto, totalmente ineficaz en la parte en que exceda del número de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas; cabe interponer recurso potestativo de reposición por los candidatos aspirantes con interés legítimo en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Aprobar, a propuesta del Tribunal Calificador, la lista definitiva adicional de una persona aspirante que ha superado el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, de la categoría de Auxiliar Administrativo/a, para la asignación de una plaza reservada para el cupo de discapacidad del tipo correspondiente.

La citada lista se publica por orden alfabético y de puntuación, indicando el sistema de acceso por el que participa la persona aspirante, la puntuación consignada por ésta en cada uno de los apartados del autobaremo de méritos presentado, la puntuación asignada por el Tribunal Calificador en cada uno de los apartados del baremo de méritos, y la puntuación obtenida en la fase de concurso, de oposición y la total del concurso-oposición.

Segundo. Aprobar la lista definitiva adicional de personas aspirantes que no han superado el concurso-oposición, ordenada alfabéticamente, con indicación de la puntuación consignada por las personas aspirantes en cada uno de los apartados del autobaremo presentado, la puntuación obtenida en la fase de oposición, y la puntuación total obtenida en el concurso-oposición. La puntuación asignada por el Tribunal Calificador en la fase de concurso sólo se indica en el caso de que la puntuación del autobaremo sea igual o mayor que la obtenida por la última persona aspirante que supera definitivamente el concurso-oposición para el cupo de plazas reservadas al concreto tipo de discapacidad.

Tercero. Anunciar que las listas definitivas adicionales, conteniendo las innovaciones indicadas en los puntos anteriores, se encontrarán expuestas en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/ servicioandaluzdesalud).

Cuarto. Aquella persona aspirante incluida en la listas definitiva adicional de aspirantes que superan el concurso oposición a que se hace referencia el punto primero anterior, y que no estaba incluida en las listas definitivas aprobadas por la Resolución de 17 de diciembre de 2018 (BOJA núm. 250, de 28 de diciembre), de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, deberá presentar, en el plazo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, la documentación que se indica en el punto sexto de la citada Resolución de 17 de diciembre de 2018 (BOJA núm. 250, de 28 de diciembre), de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, debiendo ser presentada de conformidad con lo estipulado en el punto Séptimo de la misma.

Quinto. Esta resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de junio de 2019.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.

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