Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 01/07/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Extracto de la Orden de 17 de junio de 2019, por la que se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el ejercicio 2019.

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BDNS (Identif.): 462347-462349.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.

Primero. Convocatoria.

Se convoca para el ejercicio 2019, en la modalidad de concesión en concurrencia competitiva, la línea de subvenciones para la rehabilitación de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de edificios y de viviendas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobadas mediante Orden de 14 de enero de 2019 (BOJA núm. 12, de 18.1.2019), en adelante Bases Reguladoras.

Tercero. Destinatarios.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas las personas que cumplan los requisitos regulados en la base quinta de las Bases Reguladoras.

Cuarto. Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones con el fin de fomentar la rehabilitación de viviendas con deficiencias en sus condiciones básicas, contribuyendo a financiar las actuaciones que, incluidas entre las relacionadas en la base sexta de las Bases Reguladoras, resulten necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética.

Quinto. Importe.

La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria es de 24.532.200,00 euros, que se financiará con cargo a los créditos de los ejercicios 2019 y 2020 de las partidas presupuestarias 1700180000 G/43A/78400/00 S0096 2009000217 y 1700030000 G/43A/78400/00 01 2013000232. El importe unitario de las ayudas es el previsto en la base reguladora octava, dependiendo su cuantía máxima del tipo de actuación y de las circunstancias personales de los solicitantes. Atendiendo al importe medio previsto de estas ayudas, el número de subvenciones que podrían concederse con cargo a los recursos presupuestarios descritos es el que se refleja en el siguiente cuadro:


Rehabilitación
de viviendas

Subvención media
Plan Estatal

Incremento medio
autonómico

Número estimado
de concesiones
Línea 1 3.800,00 4.200,00 2.860
Línea 2 7.500,00 500,00 200
Total líneas 1 y 2 3.060

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto.

Séptimo. Otros datos.

El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Sevilla, a fecha de la firma electrónica

MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA

Consejera de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio
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