Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 17/07/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Extracto de la Resolución de 9 de julio de 2019, de la Dirección General de Consumo, por la que se convocan, en el ejercicio 2019, las subvenciones a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario de Andalucía.

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BDNS (Identif): 465769, 465770, 465771.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre), se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el ejercicio 2019, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario de Andalucía.

Segundo. Beneficiarios.

a) Línea 1: Subvenciones, en materia de consumo, a Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía (en adelante Línea 1): Destinada a las asociaciones de personas consumidoras y usuarias incluidas en el apartado 4 del correspondiente cuadro resumen de la Orden de 1 de julio de 2016.

b) Línea 2: Subvenciones, en materia de consumo, a federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía (en adelante Línea 2): Destinada a las federaciones de asociaciones de personas consumidoras incluidas en el apartado 4 del correspondiente cuadro resumen de la Orden de 1 de julio de 2016.

c) Línea 3: Subvenciones para la realización de actividades para el impulso y promoción de un consumo responsable y solidario como elemento de transformación social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía (en adelante Línea 3): Destinada a las personas o entidades incluidas en el apartado 4 del correspondiente cuadro resumen de la Orden de 1 de julio de 2016.

Tercero. Objeto.

De conformidad con lo previsto en el apartado 1 de los cuadros resúmenes correspondientes a cada una de las Líneas de subvención, tendrán como objeto lo siguiente:

- Línea 1. Programas de actividades dirigidos a fomentar, potenciar y mejorar los conocimientos de consumo, a través de la formación, la educación, la información y el asesoramiento de las personas consumidoras.

- Línea 2. Asegurar el ejercicio de las funciones de representación institucional y de defensa de los intereses generales de las personas consumidoras y usuarias y fomentar el asociacionismo de las personas consumidoras en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Línea 3. Impulsar la conciencia social y las prácticas de consumo responsable y solidario a través de la realización de actividades de educación, formación e información así como actividades de consumo, comercialización, retirada y destrucción de alimentos.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 1 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Asociaciones, Organizaciones y Federaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario de Andalucía (BOJA núm. 130, de 8 de julio).

Quinto. Importe.

Las subvenciones irán a cargo de las partidas presupuestarias y con la cuantía total máxima que se establece en el siguiente cuadro:

Denominación de la Línea Cuantía máxima Partidas presupuestarias
Línea 1 573.650 € 1500020000/G/44H/48601/0001
Línea 2 378.079 € 1500010000/G/44H/48601/0001
Línea 3 119.000 € 1500010000/G/44H/48405/0001

El porcentaje máximo de la subvención será el 90% del presupuesto aprobado.

En la Línea 1, la distribución máxima del crédito a nivel provincial se ha realizado teniendo en cuenta, de manera ponderada, el tamaño poblacional, el tamaño territorial y el número de municipios de cada provincia, tal como se contempla en el apartado 2.d) del cuadro resumen correspondiente. Así, la cuantía máxima prevista que asciende a 573.650 € (partida presupuestaria 1500020000/G/44H/48601/0001 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2018, prorrogado para el ejercicio 2019, se distribuye por provincias del siguiente modo:

ALMERÍA 57.439 €
CÁDIZ 62.781 €
CÓRDOBA 63.473 €
GRANADA 83.676 €
HUELVA 49.016 €
JAÉN 61.625 €
MÁLAGA 86.923 €
SEVILLA 108.717 €
TOTAL 573.650 €

Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Tanto a la solicitud como al resto de anexos se podrá acceder a través de la siguiente dirección electrónica https://juntadeandalucia.es/organismos/saludyfamilias/areas/consumo/formacion-promocion.html o en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla.- El Director General de Consumo, Juan Javier Márquez Cabeza.

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