Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 30/07/2019

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Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Resolución de 24 de julio de 2019, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se revisan los costes máximos de las plazas objeto de concertación con centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad en situación de dependencia.

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La Orden de 10 de marzo de 2016, por la que se modifican los costes máximos de las plazas objeto de concertación con centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad, establece en su artículo primero que dichos costes máximos podrán ser objeto de revisión a fin de adaptarlos a los precios de mercado.

Desde la aprobación de la citada orden, la única revisión de los costes que ha tenido lugar fue la aprobada por Resolución de 27 de junio de 2018, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, que se limitó a aplicar un incremento lineal del 1,9%.

Con el objeto de garantizar que los servicios en centros de atención de las personas en situación de dependencia, tanto mayores como con discapacidad, se presten con niveles altos de calidad, se hace necesario mejorar la financiación de las plazas, al tiempo que se contribuye a garantizar la sostenibilidad del sector y la calidad del empleo que genera.

Por otra parte, la Orden de 26 de febrero de 2014, por la que se modifica la de 30 de agosto de 1996, por la que se regula la concertación de plazas con centros de atención especializada para los sectores de personas mayores y personas discapacitadas, y la Orden de 7 de mayo de 2002, por la que se regula financiación de los programas de estancia diurna y respiro familiar, y se crea la Comisión de Participación en materia de concertación en dichos centros, establece en su artículo tercero, punto 2, que la citada comisión deberá ser oída previamente a la revisión de los costes máximos de las plazas sujetas a financiación por parte de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

Asimismo, la disposición adicional única de la precitada Orden de 10 de marzo de 2016, habilita a la persona titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia, en el ámbito de sus competencias, a llevar a cabo cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo contenido en dicha orden.

Así, oída la Comisión de Participación y en aplicación de la habilitación citada en el párrafo anterior, se ha acordado establecer nuevas tarifas, contemplando una subida que corresponde al IPC previsto para el ejercicio 2019, más un incremento adicional que varía según la tipología de las plazas.

En virtud de lo anterior,

RESUELVO

Primero. Revisar los costes máximos de las plazas fijados en la Resolución de 27 de junio de 2018, de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se revisan los costes máximos de plazas objeto de concertación con centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad.

Segundo. Establecer los siguientes costes máximos de las plazas para personas mayores en situación de dependencia:

1. En centros residenciales:

a) Plazas para personas mayores en situación de dependencia: 51,37 euros/día.

Este coste máximo de plaza será de aplicación tanto en los centros residenciales acreditados al amparo de lo previsto en la Orden de 1 de julio de 1997, por la que se regula la acreditación de los centros de atención especializada a las personas mayores y personas con discapacidad, como en los acreditados conforme a lo dispuesto en la Orden de 5 de noviembre de 2007, por la que se regula el procedimiento y los requisitos para la acreditación de los centros para personas mayores en situación de dependencia en Andalucía.

b) Plazas para personas mayores en situación de dependencia con trastornos graves y continuados de conducta: 67,10 euros/día.

2. En centros de día:

a) Plazas para personas mayores en situación de dependencia en régimen de media pensión: 22,27 euros/día.

b) Plazas para personas mayores en situación de dependencia en régimen de media pensión y transporte: 29,93 euros/día.

3. En centros de noche:

a) Plazas sin transporte para personas mayores en situación de dependencia: 27,62 euros/día.

b) Plazas con transporte para personas mayores en situación de dependencia: 35,12 euros/día.

Tercero. Establecer los siguientes costes máximos de las plazas objeto de concertación con centros de atención a personas con discapacidad en situación de dependencia:

1. En centros residenciales:

a) Plazas para personas gravemente afectadas por discapacidad intelectual: 85,23 euros/día.

b) Plazas para personas gravemente afectadas por discapacidad física y/o visual o parálisis cerebral: 89,27 euros/día.

c) Plazas para personas con discapacidad intelectual o personas con trastornos del espectro autista y alteraciones graves de conducta: 114,35 euros/día.

d) Plazas para personas adultas en residencias y en viviendas tuteladas, sin terapia ocupacional en centro de día: 51,73 euros/día.

e) Plazas para personas adultas en residencias y en viviendas tuteladas, con terapia ocupacional en centro de día: 61,51 euros/día.

f) Plazas para personas con enfermedad mental en casas hogares o viviendas supervisadas: 69,59 euros/día.

2. En centros de día:

a) Plazas para personas con discapacidad intelectual:

1.º De 8 a 19 personas usuarias: 781,51 euros/mes.

2.º A partir de 20 personas usuarias: 982,29 euros/mes.

b) Plazas para personas con discapacidad física y/o visual o parálisis cerebral: 1.080,57 euros/mes.

c) Plazas para personas con discapacidad intelectual y graves y continuados trastornos de conducta o personas con trastornos del espectro autista: 1.126,24 euros/mes.

d) Plazas para personas con daño cerebral sobrevenido: 1.483,25 euros/mes.

3. En centros de día con terapia ocupacional:

a) Plazas en régimen de media pensión sin transporte: 526,78 euros/mes.

b) Plazas en régimen de media pensión y transporte: 667,72 euros/mes.

c) Plazas con terapia ocupacional para personas adultas, que están en régimen de internado en residencias o viviendas tuteladas: 399,91 euros/mes.

d) Plazas sin comedor ni transporte: 446,35 euros/mes.

4. En centros sociales para personas con enfermedad mental:

a) Plazas sin servicio de transporte: 673,76 euros/mes.

b) Plazas con servicio de transporte: 905,71 euros/mes.

Cuarto. Establecer el coste máximo de las plazas en viviendas de apoyo al tratamiento para personas en situación de dependencia en 59,34 euros/día.

Quinto. Aplicar los costes fijados en la presente resolución con carácter retroactivo, con efectos desde el 1 de enero de 2019, incorporándolos a los conciertos y contratos vigentes de conformidad con la normativa de aplicación al contrato o convenio, sin que en ningún caso puedan verse afectadas las personas beneficiarias de estos servicios por los incrementos de costes contenidos en la presente Resolución en lo que a la retroactividad se refiere.

Sexto. Empezar a aplicar las nuevas tarifas en las liquidaciones correspondientes al mes siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Proceder al cálculo de las cuantías derivadas de la retroactividad de esta Resolución en los tres meses siguientes a su publicación y a su posterior abono mediante su inclusión en las correspondientes liquidaciones que presenten las entidades.

Sevilla, 24 de julio de 2019.- La Directora-Gerente, Gloria Espinosa de los Monteros Novo.

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