Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 02/08/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad

Orden de 19 de julio de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de los premios del concurso escolar «Andalucía en un Mapa».

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La Ley 3/2013, de 24 de julio, por la que se aprueba el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2013-2017, que ha ampliado su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, de acuerdo con la modificación establecida por la Ley 6/2017, de 27 de diciembre, establece como una de sus estrategias de desarrollo la difusión, acceso y reutilización de la información.

La citada ley establece, en su artículo 31.2, que el fomento de la utilización por el conjunto de la ciudadanía de la información estadística y cartográfica se propiciará mediante la promoción de su uso a través de actividades de difusión activa. En este sentido, durante el periodo de vigencia del Plan, se prevé programar cuantas acciones contribuyan a la extensión del uso de la información estadística y cartográfica, así como su disponibilidad, valor y posibilidades de utilización, incluyendo jornadas, exposiciones, talleres, concursos, premios y publicaciones.

En consonancia con lo anterior, el citado Plan recoge en su Anexo II la actividad 13.00.03 denominada Actividades didácticas de promoción de la estadística y la cartografía en la comunidad educativa.

En este sentido, una de las actividades didácticas de promoción del uso de la cartografía y la estadística en la comunidad escolar es la celebración de un concurso destinado a la comunidad educativa que incentive el uso de la información y herramientas cartográficas y estadísticas. Como antecedente de ello, el anterior Plan Cartográfico de Andalucía 2009-2012, aprobado por Acuerdo de 16 de septiembre de 2008, del Consejo de Gobierno, contemplaba entre las actividades de promoción, la convocatoria periódica del concurso escolar «Andalucía en un Mapa».

La Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad tiene atribuidas las competencias sobre coordinación de la actividad estadística y las competencias en materia de cartografía e información geográfica en la Administración de la Junta de Andalucía, asignándose el ejercicio de tales competencias al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (en adelante IECA), de acuerdo con el artículo 2.3 del Decreto 104/2019, de 12 de febrero, por el que se regula su estructura orgánica.

Por ello, y siendo conscientes de la importante labor que realizan los centros educativos andaluces, como divulgadores del conocimiento de la realidad territorial de Andalucía mediante el uso de la cartografía y la estadística, se plantea la regulación y convocatoria de un concurso escolar que fomente el uso de estas disciplinas en los centros educativos no universitarios de Andalucía.

La orden se adecua a los principios de buena regulación referidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, esta Orden se justifica por una razón de interés general y la promoción, en cumplimiento de la legislación estadística y cartográfica, de la utilización por el conjunto de la ciudadanía de la información estadística y cartográfica a través de actividades de difusión activa.

Con la regulación que se adopta se contribuye a proporcionar seguridad jurídica a los participantes en las convocatorias del concurso, al definirse, las bases reguladoras para la concesión de los premios del concurso escolar.

Por otra parte, la regulación que contiene la norma es proporcionada a la finalidad perseguida, por lo que se da satisfacción a los principios de eficiencia y proporcionalidad. Finalmente, esta Orden aporta información a la ciudadanía sobre el procedimiento de participación en este concurso escolar, lo que posibilita la transparencia en el funcionamiento de los poderes públicos.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, y en virtud de las facultades que me confieren los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene como objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión, por parte del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, en adelante, IECA, de los Premios correspondientes al Concurso Escolar «Andalucía en un Mapa», recogidas en el artículo 3.

Artículo 2. Régimen Jurídico.

Los premios regulados en esta orden se regirán por lo dispuesto en sus bases reguladoras y por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tanto los premios a los que se refiere la presente Orden como el procedimiento para la concesión de los mismos, quedan excluidos del ámbito de aplicación de la normativa, tanto estatal como autonómica, sobre subvenciones y ayudas públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 3. Bases reguladoras.

Los premios regulados en esta orden se ajustarán a las siguientes bases reguladoras:

1. Objeto del concurso.

El objeto de este concurso es promover la utilización de la cartografía y la estadística entre la comunidad escolar como herramientas didácticas y de representación creativa del territorio andaluz, con el fin último de aproximar a las personas participantes en el concurso a la importancia que la representación cartográfica y el mapa tienen como instrumento pedagógico y transmisor de información, así como elemento de identificación y sensibilización del alumnado con el territorio en el que viven.

2. Fases del concurso.

El presente concurso se desarrollará en dos fases; una previa, en el centro escolar, y otra fase final regional, de la siguiente forma:

a) Fase previa: cada centro escolar seleccionará, según su criterio, hasta un máximo de tres trabajos, de entre los realizados por los alumnos y alumnas participantes, en cada una de las categorías establecidas en el apartado 5 del presente artículo, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en su apartado 6.

b) Fase final regional: los trabajos seleccionados en cada centro escolar en la fase previa, serán presentados a la fase final por los citados centros junto con los formularios normalizados que se acompañan como Anexo I, II y III de esta orden debidamente cumplimentados, y de acuerdo con el procedimiento previsto en el apartado 7 del presente artículo.

En caso de que un centro escolar envíe con su solicitud de participación en la fase final regional, más de tres trabajos por categoría, sólo serán tenidos en cuenta, a efectos de participar en el concurso, los tres primeros, según el orden señalado en el formulario de solicitud que se acompaña como Anexo I a esta orden.

Asimismo, será motivo de exclusión la adscripción de trabajos a una categoría errónea por el centro escolar.

3. Convocatoria y plazo.

La convocatoria de las sucesivas ediciones de los premios «Andalucía en un Mapa» se realizará con carácter anual, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan y se efectuará mediante resolución de la persona titular de la Dirección del IECA, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4. Participantes.

Podrán participar en el concurso los alumnos y alumnas de cualquier centro educativo, público, concertado o privado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, Educación Especial, Educación Permanente y Enseñanzas de Régimen Especial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

5. Categorías y premios.

a) Se establece un premio para cada una de las siguientes categorías:

Categoría A: Educación Infantil y Primer Ciclo de Educación Primaria.

Categoría B: Segundo y Tercer Ciclo de Educación Primaria.

Categoría C: Educación Secundaria Obligatoria, Educación Secundaria Postobligatoria y Enseñanzas de Régimen Especial.

Categoría D: Educación Permanente y Educación Especial.

El Jurado se reserva la potestad de otorgar un accésit en cada una de las distintas categorías.

b) El premio consistirá en un diploma para la persona o personas autoras del trabajo y otro para la persona docente responsable de la actividad. Además, cada una de las personas autoras de los trabajos ganadores recibirá un lote de material didáctico y/o informático adecuado a su nivel educativo. Cada lote de material no tendrá un valor superior a doscientos euros.

El accésit consistirá en un diploma para la persona o personas autoras del trabajo y otro para la persona docente responsable de la actividad. Además, cada una de las personas autoras de los trabajos ganadores recibirá un lote de material didáctico adecuado a su nivel educativo. Cada lote de material no tendrá un valor superior a cien euros.

c) Los trabajos ganadores y accésit se difundirán en la web del IECA.

d) Se celebrará un acto de reconocimiento público y de entrega de los premios, cuya fecha y lugar se anunciará en la convocatoria anual de los premios.

Los gastos de organización y celebración de este acto incluidos, en su caso, los de alquiler de salas, azafatas/os, comidas de asistentes, gastos de asistencia, estancia y transporte de los premiados y de una persona docente responsable por cada premio en cada una de las categorías, serán asumidos por el IECA, según sus disponibilidades presupuestarias.

En el caso de los premiados en la categoría D podrán ser acompañados, asimismo, por los profesionales de apoyo que en su caso determine la normativa vigente.

e) Los premios y accésit correspondientes al Concurso Escolar «Andalucía en un Mapa», en sus distintas categorías, se otorgarán con carácter exclusivamente honorífico y no generarán ningún derecho de naturaleza económica.

6. Requisitos de los trabajos presentados.

Los trabajos seleccionados en la fase previa deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Autoría de los trabajos: los trabajos podrán ser individuales o colectivos, con un máximo de 4 alumnos por grupo, debiéndose, en este último caso, acompañar necesariamente de una breve memoria, redactada por el personal docente responsable de la actividad en el caso de la Categoría A y por los autores del trabajo en el resto de Categorías, sobre el procedimiento y metodología seguida para su realización que permita ilustrar y valorar con objetividad los mismos. La presentación de esta memoria será opcional para los trabajos individuales.

Un mismo alumno o alumna no podrá participar en más de un trabajo, y cada grupo o colectivo sólo podrá presentar un único trabajo.

b) Requisitos técnicos: los trabajos podrán ser realizados en cualquier medio de expresión creativa y artística, tanto analógico como digital. Esto incluye técnicas pictóricas (lápices de color, acuarelas, óleos, collage u otros), así como formatos digitales (videos, fotografías, mapas digitales o cualquier otro).

c) Formato: el formato exigido para la entrega de los trabajos será el siguiente, atendiendo al tipo de trabajo:

- Formato analógico: Las obras analógicas tendrán de base una dimensión mínima de 29,7 cm y máxima de 84,1 cm. por cada uno de sus lados y, en su caso, una altura máxima de 50 cm. La base de las obras podrá presentarse en formatos normalizados DIN A-3, A-2 o A-1, así como en otros formatos siempre que cumplan con las dimensiones mínimas y máximas antes indicadas. Cuando éstas tengan un tamaño mayor se remitirá en formato digital una reproducción que permita al jurado valorar la obra.

- Formato digital: se presentarán en los formatos de uso común, utilizando software libre para los visores que permitan su visualización. La imposibilidad de visualización del trabajo por parte del jurado será causa de exclusión de la obra.

d) Temática: como requisito imprescindible, en cada obra figurará una representación cartográfica reconocible de, al menos, uno de los diferentes ámbitos urbanos, comarcales, provinciales o de la totalidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Serán excluidos aquellos trabajos que no cumplan con los requisitos previstos en este apartado.

7. Procedimiento de presentación y solicitud de los trabajos a la fase final.

a) El procedimiento recogido en este apartado se regula de acuerdo a las previsiones concretas del Título IV de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

b) Los trabajos seleccionados en la fase previa deberán dirigirse junto con los Anexos I, II y III debidamente cumplimentados, en el plazo que se establezca en la convocatoria, al IECA, Servicio de Difusión y Publicaciones, en C/ Leonardo da Vinci, 21, 41071, Sevilla. Los trabajos se presentarán preferentemente en el Registro General del citado Instituto, sito en el domicilio citado; sin perjuicio de que puedan presentarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La solicitud deberá ser presentada por la persona titular de la dirección del centro. La solicitud y los formularios estarán disponibles en la página web del IECA (www.juntadeandalucia.es/institutodeestadisticaycartografia).

c) Si la solicitud y formularios no reuniesen los requisitos señalados en la presente Orden, el Servicio de Difusión y Publicaciones, como órgano instructor, requerirá a la persona solicitante para que, en el plazo de 10 días, proceda a la subsanación, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud. En ningún caso serán subsanables los requisitos establecidos para los trabajos en el apartado 2.b) del presente artículo.

d) Finalizado el plazo de admisión de los trabajos y subsanación en su caso de la solicitud y formularios, el IECA publicará en su página web la relación de trabajos presentados, admitidos y excluidos del presente concurso.

8. El Jurado.

a) El Jurado tiene la consideración jurídica de órgano colegiado en los términos del artículo 19.1 de la citada Ley 9/2007, de 22 de octubre, y estará adscrito al IECA. Su composición deberá respetar la presencia equilibrada de hombres y mujeres en los casos en que la designación no dependa del cargo específico que desempeñe cada miembro. La composición de este Jurado se publicará en la página web del IECA.

b) El Jurado una vez constituido, ajustará su actuación a lo establecido en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

c) Composición del Jurado:

El Jurado para la valoración de los trabajos presentados, estará compuesto por:

- La persona titular de la Subdirección responsable del Área de Coordinación, Comunicación y Métodos del IECA, o en quien delegue, que ostentará la Presidencia.

- Una persona en representación del Servicio de Difusión y Publicaciones del IECA.

- Una persona en representación de la Consejería competente en materia de educación.

- Una persona de reconocido prestigio en el ámbito de las Artes Plásticas.

- Una persona de reconocido prestigio en el ámbito de la cartografía o ciencias afines.

- Una persona funcionaria adscrita al Servicio de Difusión y Publicaciones del IECA, que desarrollará las funciones de secretaría, con voz pero sin voto, previa designación por la persona titular de la Dirección del IECA.

Una vez finalizado el plazo de entrega de los trabajos, se hará pública en la página web del IECA la identidad de cada miembro del Jurado, que será nombrado por la persona titular de la Dirección del IECA.

El Jurado será convocado por la persona titular de la Presidencia, pudiendo reunirse cuantas veces ésta estime oportuno.

La actividad del Jurado no será retribuida.

d) Criterios de valoración:

Para la selección de los trabajos premiados, el Jurado valorará los siguientes aspectos:

- Originalidad, creatividad, temática, forma y estilo de los trabajos, en función de la categoría y nivel escolar de los autores o autoras de los trabajos presentados, hasta un máximo de 6 puntos.

- El tratamiento de localizaciones, formas geográficas o su distribución espacial, así como el uso de símbolos y elementos cartográficos (colores, escalas, norteados, rótulos, títulos y leyendas) evaluándose su uso en función de la edad de las personas participantes, hasta un máximo de 4 puntos.

- La utilización e inclusión en los mapas de datos y elementos estadísticos que den información cuantitativa sobre el ámbito territorial que se esté representando (información que podrá ser aportada en forma de tablas, gráficos, pirámides de población, o cualquier otro elemento que ayude a comprender los datos), así como que se acompañen de un breve dossier que tenga como eje argumental el análisis de información estadística, hasta un máximo de 2 puntos.

- El proceso educativo seguido, metodología utilizada, trabajo en grupo de forma colaborativa, valores, desarrollo de competencias básicas e integración en lo curricular, hasta un máximo de 1 punto.

- La incorporación, en la medida de lo posible, de la perspectiva de género en los trabajos, según la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, hasta un máximo de 1 punto.

- Cualquier otro que, relacionado con la difusión o desarrollo de la información estadística y cartográfica, se estime, de forma motivada, relevante por el Jurado, hasta un máximo de 1 punto.

9. Fallo del Jurado y concesión de los premios.

a) El Jurado, como consecuencia de las valoraciones efectuadas, emitirá un fallo motivado que será inapelable y que elevará como propuesta de concesión.

b) El Jurado se reserva la posibilidad de declarar desiertos los premios de cualquiera de las categorías, cuando así lo decida motivadamente.

c) El fallo del Jurado se dará a conocer mediante resolución de la persona titular de la Dirección del IECA, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la web del IECA. El plazo máximo para la aprobación de esta resolución será de dos meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de los trabajos.

10. Obligaciones de las personas participantes.

a) La participación en el presente concurso implica la plena aceptación de sus bases.

b) Los trabajos premiados pasarán a ser propiedad del IECA, que se reserva el derecho de difundirlos y publicarlos como considere oportuno y en los formatos que considere convenientes.

c) Los trabajos presentados no premiados o excluidos serán devueltos a los centros de procedencia de los mismos.

d) El IECA podrá difundir los datos e imágenes del alumnado que resulte ganador para la divulgación del concurso. Para ello, el padre, madre o tutor/a legal del alumno o alumna participante deberá firmar la autorización contenida en el Anexo III de estas bases, cuando por su condición o edad lo requiera.

e) El uso por las personas participantes de imágenes propiedad de terceros será de la exclusiva responsabilidad de éstos.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de julio de 2019

ROGELIO VELASCO PÉREZ

Consejero de Economía, Conocimiento,
Empresas y Universidad
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