Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 24/01/2019

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 21 de enero de 2019, de la Universidad de Granada, por la que se publica el Plan de Ordenación de Recursos Humanos para el personal de Administración y Servicios.

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El Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada ha acordado, en sesión de 18 de diciembre de 2018, la aprobación de un Plan de ordenación de recursos humanos para el personal de administración y servicios de la Universidad de Granada, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 152 del Decreto 231/2011, de 12 de julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Granada, previa negociación en Mesa Sectorial del Personal de Administración y Servicios.

Por ello este Rectorado ha resuelto:

Publicar el Plan de ordenación de recursos humanos para el personal de administración y servicios de la Universidad de Granada para el año 2019 que se acompaña.

PLAN DE ORDENACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA EL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA.

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público determina en su artículo 69 que «La planificación de los recursos humanos en las Administraciones Públicas tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad».

El mismo texto legal indica que Las Administraciones Públicas podrán aprobar Planes para la ordenación de sus recursos humanos, que incluyan, entre otras, algunas de las siguientes medidas:

a) Análisis de las disponibilidades y necesidades de personal, tanto desde el punto de vista del número de efectivos, como de los perfiles profesionales o niveles de cualificación de los mismos.

b) Previsiones sobre los sistemas de organización del trabajo y modificaciones de estructuras de puestos de trabajo.

c) Medidas de movilidad, entre las cuales podrá figurar la suspensión de incorporaciones de personal externo a un determinado ámbito o la convocatoria de concursos de provisión de puestos limitados a personal de ámbitos que se determinen.

d) Medidas de promoción interna y de formación del personal y de movilidad forzosa de conformidad con lo dispuesto en el capítulo III del presente título de este Estatuto.

e) La previsión de la incorporación de recursos humanos a través de la Oferta de empleo público, de acuerdo con lo establecido en el artículo siguiente.

De igual forma, el artículo 152 de los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio de 2011 (BOJA núm. 147, de 28 de julio de 2011), determina que «la planificación de la política de personal de administración y servicios corresponderá al Consejo de Gobierno, a propuesta del Equipo de Gobierno, y deberá incluir, entre otras, algunas de las siguientes medidas: un análisis de las necesidades de personal, las previsiones sobre los sistemas de organización del trabajo y modificaciones de estructuras de puestos de trabajo, el fomento de la movilidad, la promoción interna y la formación del personal, y la previsión de incorporación de recursos humanos a través de la Oferta de Empleo Público.

A la vista de la normativa descrita, corresponde al Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada la aprobación de medidas orientadas a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos y para ello, Aprueba el siguiente Plan de Ordenación de Recursos Humanos para el período 2019, que se concreta en las siguientes medidas:

1. Previsiones sobre los sistemas de organización del trabajo y modificaciones de estructuras de puestos de trabajo.

1.1. Unificación del régimen jurídico del personal de administración y servicios de la Universidad de Granada.

Durante la vigencia del presente plan de ordenación de recursos humanos, la Universidad de Granada emprenderá el proceso de funcionarización global de todo el personal de administración y servicios laboral fijo conforme a los dispuesto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

El proceso de funcionarización, de carácter voluntario, se llevará a cabo conforme al Acuerdo de 4 de diciembre de 2018 que se adjunta como Anexo I al presente plan. (http://gerencia.ugr.es/comunicacion/).

1.2. Nueva relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de la Universidad de Granada.

La nueva relación de puestos de trabajo (RPT) supone la ordenación del personal de administración y servicios de acuerdo con las necesidades de la Universidad y la descripción de los requisitos para el desempeño de cada puesto.

De igual forma, el proceso de funcionarización implica una modificación de la estructura de puestos del personal de administración y servicios, donde se asignen las correspondientes funciones a las Escalas propias Profesionales de personal funcionario, aprobadas por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de mayo de 2007.

El documento final de RPT, que será presentado a Consejo de Gobierno para su debate y aprobación, será realizado conforme a las directrices que se recogen en el Acuerdo de 14 de diciembre de 2018, sobre aprobación y desarrollo de la RPT, que se acompaña como Anexo II.( http://gerencia.ugr.es/comunicacion/).

1.3. Vinculación entre ambos procesos.

El Acuerdo de funcionarización está unido a la nueva Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Personal de Administración y Servicios (PAS) de la Universidad de Granada (UGR), que será negociada y acordada con los representantes de los trabajadores.

De igual forma, el conjunto de medidas de mejora contenidas en la nueva Relación de Puestos de Trabajo estará condicionado al desarrollo del proceso de funcionarización.

La aprobación de la nueva Relación de Puestos de Trabajo será requisito necesario para el desarrollo del proceso de funcionarización y la misma entrará en vigor el 1 de Julio de 2019.

2. Medidas de movilidad y provisión de puestos de trabajo.

Tras la entrada en vigor de la nueva RPT, se convocarán los concursos de provisión de puestos de trabajo con las siguientes características:

2.1. Se suspenden las incorporaciones de personal externo en las áreas funcionales de Administración, Bibliotecas, Informática y Profesional, en tanto que la nueva RPT haya sido implantada en su totalidad.

2.2. Para facilitar la movilidad del personal de administración y servicios, al concurso de méritos derivado de la entrada en vigor de la nueva RPT no será de aplicación la limitación de permanencia de 2 años prevista en el artículo 17.2 del Reglamento del Personal de Administración y Servicios (aprobado por Resolución de 25 de julio de 1997, BOJA núm. 116 de 4.10.1997).

3. Medidas de promoción interna.

3.1. Promoción interna de personal funcionario.

Durante el primer trimestre de 2019 se convocarán los procesos de promoción interna incluidos en el Plan de Gerencia para el período 2017-2019, que comprenderán las siguientes Escalas:

Escala Técnica de Administración (Subgrupo A1).

Escala Técnica de Informática (Subgrupo A1).

Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos (Subgrupo A1).

Escala de Gestión Administrativa (Subgrupo A2).

Escala Profesional de Especialidades (Grupo B).

3.2. Promoción interna del personal laboral.

Durante el primer trimestre de 2019 se convocarán los procesos de promoción interna de aquellas plazas vacantes que están siendo desempeñadas en encargo de funciones.

3.3. Promoción interna del personal laboral funcionarizado.

Una vez finalizado el proceso de funcionarización, previa negociación en Mesa de Negociación Sectorial del PAS de la Universidad de Granada, se elaborará un plan de promoción interna para el acceso al grupo o subgrupo superior en las correspondientes Escalas Profesionales, sobre la base del Plan de Promoción incluido en el Acuerdo de Funcionarización de 4 de diciembre de 2018 que figura como Anexo I de este documento.

4. Incorporación de recursos humanos a través de la Oferta de Empleo Público.

4.1. Desarrollo de ofertas de empleo público 2016-2017-2018 y ofertas extraordinarias y de consolidación de empleo como personal laboral.

Del total de plazas aprobadas en las ofertas de empleo público para el personal de administración y servicios laboral de la Universidad de Granada, se convocarán durante el primer trimestre del año 2019, al menos, las siguientes plazas:

Plazas en Ofertas Públicas de Empleo

Categoría Gr Ordinaria Extraordinaria Adicional Consolidación
T.E.S.T.O.E.M (Climatización) III 4
Tec. Aux. Servicios Limpieza IV 61 12
Tec. Aux. Inst. Deportivas IV 11+6 1
Tec. Aux. Hostelería IV 13 7 7
T.A.S.T.O.E.M IV 16 1 5

4.2. Desarrollo de ofertas de empleo público años 2016-2017-2018 y ofertas extraordinarias y de consolidación de empleo como personal funcionario.

Del total de plazas aprobadas en las ofertas de empleo público para el personal de administración y servicios laboral de la Universidad de Granada, tras la entrada en vigor de la nueva RPT, y en consonancia con el proceso de funcionarización global descrito en el punto 1.1, se convocarán como personal funcionario el resto de las plazas no ejecutadas en el apartado anterior.

4.3. Desarrollo de ofertas de empleo público años 2016-2017-2018 y ofertas extraordinarias y de consolidación de empleo de personal funcionario.

Del total de plazas aprobadas en las ofertas de empleo público para el personal de administración y servicios funcionario de la Universidad de Granada, se convocarán durante el primer trimestre del año 2019 las siguientes convocatorias:

Plazas en Ofertas Públicas de Empleo

Escala Gr Ordinaria Extraordinaria Adicional Consolidación
Técnica Profesional A1 5 8 8
Gestión de Informática A2 1 3
Ayudantes Biblioteca A2 2
Gestión Profesional IT A2 1
Auxiliar Administrativa C2 44 39

4.4. Aplicación de la Disposición transitoria cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).

A las convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público extraordinaria y en las derivadas de la Oferta de Empleo Público de consolidación, será de aplicación las medidas de discriminación positivas previstas en el apartado 3 de la Disposición transitoria cuarta del EBEP, conforme a lo dispuesto en el artículo 61. 1 de la citada norma.

Granada, 21 de enero de 2019.- La Rectora, Pilar Aranda Ramírez.

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