Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 173 de 09/09/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 12 de junio de 2019, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Sanlúcar la Mayor, dimanante de autos núm. 213/2015. (PP. 1667/2019).

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NIG: 4108742C20150001707.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 213/2015. Negociado: C1.

De: Intrum Justitia DEBT Finance AG.

Procuradora: Sra. Mauricio Gordillo Alcalá.

Contra: Juan Serrano Díez Canedo y María Eugenia Sáchez Sánchez.

Procuradora: Sra. María de los Ángeles Rotllán Casal.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 213/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Sanlúcar la Mayor a instancia de Intrum Justitia DEBT Finance AG contra Juan Serrano Díez Canedo y María Eugenia Sánchez Sánchez sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 155/2018

En Sanlúcar la Mayor, a 8 de octubre de 2018.

Vistos y examinados los presentes autos núm. 213/2015, de juicio ordinario por la doña María Teresa Cuberos Escobar, Jueza del Juzgado de Primea Instancia e Instrucción núm. Tres de Sanlúcar La Mayor y su partido; seguidos a instancia de la entidad Intrum Justitia DEBT Finance, representada por el Procurador de los Tribunales don Mauricio Gordillo Alcalá con asistencia letrada, contra don Juan Serrano Díez Canedo, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María de los Ángeles Rotllán Casal y asistido por el Letrado don Francisco Javier Gil López; y contra doña María Eugenia Sánchez Sánchez en situación legal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad por incumplimiento contractual,

F A L L O

Que estimando la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales don Mauricio Gordillo Alcalá en representación de Intrum Justitia DEBT Finance contra doña María Eugenia Sánchez Sánchez y don Juan Serrano Díez Canedo debo condenar y condeno a doña María Eugenia Sánchez Sánchez y don Juan Serrano Díez Canedo a abonar a la entidad Intrum Justitia DEBT Finance la cantidad de treinta y un mil setecientos veintiséis euros con noventa y nueve céntimos de euro (31.726,99 € más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, todo ello con imposición de las costas procesales devengadas a la parte demandada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución, cabe recurso de apelación a interponer ante este órgano en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, recurso que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla. Para la interposición del recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros en la Cuenta de Consignaciones correspondiente de este Juzgado correspondiente a este procedimiento.

Por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Publicación.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la Sra. Jueza que la dictó, estando la misma celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, la Letrada de la Administración de Justicia, doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada María Eugenia Sáchez Sánchez, extiendo y firmo la presente en Sanlúcar la Mayor, a doce de junio de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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