Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 175 de 11/09/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 11 de julio de 2019, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se somete a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) 2014-2020.

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El articulo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando el proyecto normativo afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía y la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometido a información pública, durante un plazo razonable y no inferior de quince días hábiles. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en Derecho, entre otros por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.

Las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, conforme al Reglamento (UE) núm. 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, son las organizaciones de productores pesqueros, las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros y las organizaciones interprofesionales del sector pesquero.

El proyecto normativo encuentra su fundamentación jurídica en el Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, que en sus artículos 66 y 68.1.a) establece el apoyo financiero a las medidas que podrán llevar a cabo las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura. Al respecto, el artículo 68.1.a) del Reglamento (UE) núm. 508/2014 dispone que se podrán conceder ayudas para la creación de organizaciones de productores, asociaciones de organizaciones de productores y asociaciones interprofesionales reconocidas de conformidad con la Sección II del Capítulo del Reglamento (UE) núm. 1379/2013. El artículo 66 establece que se concederán ayudas a la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización, en los que se detallaran las medidas que las organizaciones llevarán a cabo para lograr los objetivos de la Política Pesquera Común y de la Organización Común de Mercados.

El proyecto normativo establece las bases reguladoras de las ayudas comunitarias a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura en Andalucía, que se otorgarán con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos. Por consiguiente, resulta conveniente que el texto del proyecto normativo se someta a la mayor difusión posible, al objeto que la ciudadanía lo conozca y pueda realizar las observaciones y aportaciones que estime de interés.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

RESUELVO

Primero. Someter a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) 2014-2020 durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general conocimiento:

a) En formato digital, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica «https://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/174689/html».

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071, Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 20:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto normativo deberán dirigirse a la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y se podrán realizar:

a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: dgpa.cagpds@juntadeandalucia.es.

b) En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de julio de 2019.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.

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