Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 200 de 16/10/2019

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Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Anuncio de 10 de octubre de 2019, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla, por el que se publica la Resolución de 9 de octubre de 2019, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo que se cita al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento abreviado 241/2019.

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En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo, procedimiento abreviado número 241/2019, interpuesto por don Juan Antonio Sánchez Benítez, en nombre y representación del Ayuntamiento de la Rinconada, contra la Resolución de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Sevilla de 11 de julio de 2019, por la que se resuelve desestimar el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de la misma Dirección Provincial de 17 de mayo de 2019, por la que se acuerda liquidar la subvención concedida fijándose el importe definitivo de la misma, proceder al pago resultante de la diferencia entre la cantidad fijada definitivamente y la percibida en concepto de anticipo, así como declarar la perdida del derecho al cobro de la cantidad restante y proceder a la anulación del crédito comprometido en el Programa de Orientación Profesional y Acompañamiento a la Inserción, dictada en el expediente SE/OCA/0014/2016.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El art. 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que, admitida la demanda, el Secretario Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita el expediente admnistrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista.

Segundo. Con arreglo al art. 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se acuerde remitir el expediente administrativo se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.

RESUELVO

1.º Acordar la remisión del expediente administrativo correspondiente al Ayuntamiento de la Rinconada, expte administrativo SE/OCA/0014/2016, a que se contrae el mencionado recurso, al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla.

2.º Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento abreviado núm. 241/2019 para que puedan personarse como demandados en las actuaciones, en el plazo de nueve días ante la Sala en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de octubre de 2019.- La Directora, María Mar Rull Fernández.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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