Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 223 de 19/11/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 22 de febrero de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Cádiz, dimanante de autos núm. 1267/2018. (PP. 2543/2019).

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NIG: 1101242120180010807.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1267/2018. Negociado: 7.

Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.

De: Buildingcenter, S.A.U.

Procuradora: Sra. Elena Medina Cuadros.

Contra: Ignorados ocupantes C/ Paraguay, núm. 22 (Cádiz).

E D I C T O

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de constancia. En Cádiz, a veintidós de febrero de dos mil diecinueve. La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, para hacer constar que en este Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro se ha dictado sentencia de fecha 21.2.2019 en el Juicio Verbal (250.2) 1267/18, siendo la demandada ignorados ocupantes C/ Paraguay, núm. 22 (Cádiz), pudiendo el interesado tener conocimiento íntegro del acto en esta Secretaría.

Contra el decreto cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el Secretario que la dicta. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de ignorados ocupantes C/ Paraguay, núm. 22, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Cádiz, a veintidós de febrero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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