Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 13/03/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Jaén, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes a efectos de escolarización en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero (BOJA núm. 40, de fecha 25 de febrero), modificado por el Decreto 9/2017, de 31 de enero (BOJA núm. 32, de 16 de febrero), por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, esta Delegación Territorial, oído el Consejo Escolar Provincial y, en su caso, los Consejos Escolares Municipales

HA RESUELTO

Primero. Publicar las áreas de influencia y limítrofes de los centros docentes que imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, que quedarán expuestas en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial desde la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la finalización del plazo de presentación de recursos de alzada y reclamaciones al que se refiere el artículo 52 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero.

Segundo. Las áreas de influencia y limítrofes a las que se refiere esta Resolución estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado que se lleven a cabo a partir de la publicación de la misma, en tanto no se modifiquen en la forma prevista en el apartado 2 del artículo 9 del Decreto 40/2011, antes citado.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Educación y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Jaén, 18 de febrero de 2019.- El Delegado, Antonio Sutil Montero.

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