Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 23/04/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Acuerdo de 16 de abril de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se fija la cuantía del precio público por la asistencia al Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo en periodo estival.

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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1 los principios en los que se inspira el sistema educativo español. Entre ellos se encuentra la equidad, que garantice la igualdad de oportunidades para el pleno desarrollo de la personalidad a través de la educación, la inclusión educativa, la igualdad de derechos y oportunidades que ayuden a superar cualquier discriminación y la accesibilidad universal a la educación, y que actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales (...).

Por su parte, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, incluye entre sus objetivos garantizar el derecho de la ciudadanía a una educación permanente y de carácter compensatorio, así como garantizar la igualdad efectiva de oportunidades, las condiciones que permitan su aprendizaje y ejercicio y la inclusión educativa de todos los colectivos que puedan tener dificultades en el acceso y permanencia en el sistema educativo.

Estos principios impregnan la actividad que se desarrolla en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, promoviendo diferentes medidas encaminadas a la provisión de una educación de calidad para todo el alumnado, con medidas enfocadas hacia el logro del éxito educativo.

La educación debe potenciar la consecución del máximo nivel de aprendizaje y desarrollo de las competencias clave de todo el alumnado, es ese el sentido de un sistema educativo inclusivo. Por ello, es preciso poner en marcha actuaciones de refuerzo que potencien el éxito del alumnado y que se sumen a las medidas de innovación educativa y de compensación desarrolladas desde la óptica de la prevención con carácter ordinario.

A este respecto, se debe prestar una especial atención al alumnado que, tras la finalización del período lectivo ordinario, no ha alcanzado los objetivos marcados y que, por ello, requiere de un refuerzo adicional que le permita afrontar el siguiente curso con mayores posibilidades de éxito.

Una mención especial merece el importante papel que, en el contexto de la adquisición de las competencias que el alumnado requerirá para su adaptación a un entorno formativo y laboral cambiante, adquiere el aprendizaje de, al menos, una lengua extranjera. De este modo, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, recoge entre sus fines la capacitación para la comunicación en la lengua oficial y cooficial, si la hubiere, y en una o más lenguas extranjeras.

En otro orden de cosas, la misma Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, presta atención a la importancia que, para el desarrollo integral del alumnado cobra la adquisición de hábitos de vida saludables y, especialmente, la práctica deportiva. Así, entre los fines de la educación se incluye la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, así como el desarrollo de hábitos saludables, el ejercicio físico y el deporte.

Con objeto de dar un nuevo impulso a las líneas de trabajo ya iniciadas en favor de la consecución de los principios y fines anteriormente destacados y presentes en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, así como en la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, se aprobó el Acuerdo de 9 de abril de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo en período estival para el año 2019.

El presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, pretende el establecimiento de un precio público por la asistencia del alumnado a las sesiones del Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo en período estival anteriormente citado.

En su virtud, a propuesta de las Consejerías de Hacienda, Industria y Energía y de Educación y Deporte, conforme a lo establecido en el artículo 145.1 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 16 de abril de 2019,

ACUERDA

Primero. Objeto.

El presente acuerdo tiene por objeto establecer el precio público a satisfacer por la asistencia del alumnado a las sesiones del Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo en período estival para el año 2019, aprobado por Acuerdo de 9 de abril de 2019.

Segundo. Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo en período estival.

El Acuerdo de 9 de abril de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo en período estival para el año 2019, establece las bases para el desarrollo de dicho programa, entendido este como el conjunto de actividades diseñadas y aplicadas en una selección de centros docentes públicos dependientes de la Consejería competente en materia de educación de la Administración de la Junta de Andalucía durante parte del período estival, dirigidas al cumplimiento de los siguientes objetivos:

a) Fomentar el éxito educativo del alumnado, con especial atención a aquellos alumnos y alumnas en los que confluyen dificultades de aprendizaje.

b) Reforzar las competencias matemática y en comunicación lingüística a través del desarrollo de actividades que permitan la recuperación y mejora de aprendizajes, enfocando el proceso de enseñanza a la adquisición de los mismos de forma útil.

c) Participar en actividades de carácter deportivo que fomenten la motivación del alumnado, su participación y su afección a la realización de actividades en el entorno escolar, contribuyendo, de este modo al establecimiento de una vinculación con el centro que prevenga del abandono temprano de la escolarización.

Tercero. Grupos de alumnado que asistirán al programa.

El Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo se desarrollará durante el mes de julio, atendiendo a dos grupos de alumnado cada quince días:

• Grupo 1: Primera quincena de julio de cada año.

• Grupo 2: Segunda quincena de julio de cada año.

Cuarto. Cuantía del precio público a satisfacer por la asistencia del alumnado a las sesiones del Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo en período estival.

La asistencia a las sesiones del Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo en período estival tendrá un precio público de quince euros por cada quincena a satisfacer por cada alumno o alumna que participe en dicho programa.

Quinto. Forma de pago del precio público.

La Consejería con competencias en materia de educación dictará instrucciones que regularán los aspectos organizativos del Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo en período estival en las que se incluirá el procedimiento para el pago del precio público regulado en el presente Acuerdo.

Sexto. Información a las familias y a la comunidad educativa.

La Consejería con competencias en materia de educación hará constar en la documentación necesaria para la inscripción del alumnado en el Programa de Refuerzo Educativo y Deportivo en período estival, el coste estimado del servicio que se ofrece al alumnado, a efectos de información, indicando expresamente que la parte del coste no cubierta por el precio público abonado por el alumnado está financiada por la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Programa Operativo Empleo Formación Educación y por el Programa Operativo FSE Andalucía 2014-2020.

Séptimo. Desarrollo y ejecución.

Se habilita a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de educación a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Octavo. Eficacia.

El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de abril de 2019

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ELÍAS BENDODO BENASAYAG

Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior
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