Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 14/01/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 20 de noviembre de 2018, por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Virgen Inmaculada-Santa María de la Victoria», de Málaga. (PP. 3301/2018).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Rosa María Romo Soler, como representante de la entidad Fundación Educativa Jesuitinas, nueva titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Virgen Inmaculada-Santa María de la Victoria», con domicilio en C/ Doctor Lazárraga, 14, de Málaga, solicitando el cambio de titularidad de los mismos, ostentada hasta ahora por la Congregación de las Hijas de Jesús, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que los citados centros, con código 29004377, tienen autorización para impartir doce unidades de educación infantil de segundo ciclo, veinticuatro unidades de educación primaria y dieciséis unidades de educación secundaria obligatoria, seis unidades de bachillerato (dos en la modalidad de Humanidades y ciencias sociales y cuatro en la de Ciencias), un ciclo formativo de formación profesional básica de Servicios administrativos, dos ciclos formativos de formación profesional de grado medio (uno de Gestión administrativa con sesenta puestos escolares y uno de Actividades comerciales y cuatro ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Enseñanza y animación sociodeportiva, uno de Marketing y publicidad, uno de Gestión de ventas y espacios comerciales y uno de Administración y finanzas).

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad de los referidos centros a favor de la Congregación de las Hijas de Jesús.

Resultando que la Congregación de las Hijas de Jesús, mediante escritura pública de cesión otorgada ante don Agustín Pérez-Bustamante de Monasterio, notario del Ilustre Colegio de Madrid, fechada en Madrid, a seis de julio de dos mil dieciocho, cede a la entidad Fundación Educativa Jesuitinas la titularidad de los mencionados centros.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación, la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía, la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Virgen Inmaculada-Santa María de la Victoria», código 29004377, con domicilio en C/ Doctor Lazárraga, núm. 14, de Málaga, que en lo sucesivo la ostentará la entidad Fundación Educativa Jesuitinas, que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que acerca de dichos centros corresponden a la titular cedente, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el «resultando» primero.

Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Cuarto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de noviembre de 2018

SONIA GAYA SÁNCHEZ
Consejera de Educación
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