Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 14/01/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de noviembre de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Cádiz, dimanante de autos núm. 67/2017. (PP. 3286/2018).

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NIG: 1101242C20160006392.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 67/2017. Negociado: P.

Sobre: Responsabilidad extracontractual (excluido Tráfico).

De: Consorcio Compensación de Seguros.

Contra: Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., y María del Carmen Soto Butrón.

Procurador: Sr. Luis Manuel Hortelano Castro.

Letrada: Sra. Inmaculada Zamorano Ayala.

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal núm. 67/201 seguido a instancia del Consorcio de Compensación de Seguros frente a Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., y María del Carmen Soto Butrón, se ha dictado sentencia, que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 84/18

En Cádiz, a 24 de abril de 2018.

La Ilma. doña Ana María López Chocarro, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de Cádiz, celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; habiendo visto los presentes autos de Juicio de Verbal número 67/17 sobre indemnización de los daños y perjuicios derivados de responsabilidad extracontractual, promovidos a instancias del Consorcio de Compensación de Seguros representado por el Sr. Letrado Sto. Abogado del Estado contra Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., y en su representación el Procurador don Luis Hortelano Castro y en su defensa la Letrada doña Inmaculada Zamorano Ayala y doña María del Carmen Soto Butrón declarada en rebeldía, ha dictado sentencia en virtud de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

…/...

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda de Juicio Verbal interpuesta contra Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., y doña María del Carmen Soto Butrón, debo condenar y condeno a la entidad aseguradora Allianz a indemnizar al actor la cantidad de 370,94 euros, con los intereses legales incrementados en el 25 por cien desde el día 4 de julio de 2016 y hasta pago. No se hace imposición de costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días desde la notificación, cuyo conocimiento corresponde a la Audiencia Provincial de Cádiz.

Para la admisión del recurso, la parte interesada deberá acreditar haber constituido el depósito de la cantidad correspondiente: 50 euros para apelación y 25 euros para reposición y revisión, ingresando dicha suma, para la tramitación del recurso de que se trate, en la cuenta del procedimiento de este Juzgado abierta en la entidad B. Santander, todo ello de conformidad con la L.O. 1/09, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma procesal para la implantación de la oficina judicial, por la que se modifica la L.O. 6/1985, del Poder Judicial.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose la codemandada María del Carmen Soto Butrón en paradero desconocido, extiendo y firmo la presente en Cádiz, 9 de noviembre de 2018.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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