Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 21/05/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 14 de mayo de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia núm. 1171/2018, de 20 de junio, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, recaída en el recurso contencioso-administrativo núm. 1028/2014.

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ANTECEDENTES

Primero. Mediante Resolución de 6 de junio de 2012, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 116, de 14 de junio) se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía (C1.1000), para personas con discapacidad intelectual con retraso mental leve o moderado, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2010, publicándose la relación definitiva de aprobados mediante Acuerdo de la Comisión de Selección, de 1 de abril de 2014. Posteriormente, mediante Resolución de 22 de mayo de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública (BOJA núm. 101, de 28 de mayo), se ofertaron vacantes a los aspirantes seleccionados. Asimismo, por Resolución de 16 de julio de 2014, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 141, de 22 de julio), se procede al nombramiento como funcionarios de carrera de dicho Cuerpo, al personal relacionado en el anexo a la misma.

Don Daniel Avilés Casquet participó en las referidas pruebas selectivas, sin figurar en la relación definitiva de aprobados.

Segundo. Contra la desestimación del recurso de alzada presentado frente a la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo de referencia, fue interpuesto a instancia de don Daniel Avilés Casquet recurso contencioso-administrativo seguido por los cauces del procedimiento núm. 1028/2014, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, dictando la sentencia núm. 1171/2018, de 20 de junio, estimando las pretensiones de la parte recurrente, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«1. Estimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por don Daniel Avilés Casquet.

2. Anular contra Resolución de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 24 de julio de 2014, por la que se desestimó el recurso de alzada contra la resolución de la Comisión de Selección de 1 de abril de 2014, por la que se publicó el listado definitivo de aprobados en el procedimiento selectivo, por el sistema de acceso libre, para el ingreso en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía (C1.1000), para personas con discapacidad intelectual con retraso leve o moderado, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2010, convocado por resolución de 06 de junio de 2012, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 116, de 14 de junio de 2012), en lo que afecta a don Daniel Avilés Casquet, por ser contraria a Derecho.

3. Condenar a la Consejería de Hacienda y Administración Pública a que valore con dos puntos los méritos a que se refiere el baremo en su apartado 12.2.c) de la Base Tercera, con todos los efectos inherentes a tal declaración.

4. Imponer el pago de las costas procesales de esta instancia conforme a lo señalado en el fundamento jurídico séptimo.»

Mediante Providencia de 28 de septiembre de 2018, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, determina la firmeza de la citada sentencia. En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, procede llevar a puro y debido efecto lo ordenado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Granada, practicando lo que exige el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo.

Tercero. En cumplimiento de la sentencia recaída, la Comisión de Selección de las pruebas selectivas referidas, ha acordado modificar la puntuación del recurrente, incrementando la puntuación otorgada al mismo en la fase de concurso, resultando en consecuencia una puntuación total, sumando las puntuaciones de oposición y concurso de 167,000 puntos, puntuación igual a la obtenida por el último opositor aprobado en el proceso selectivo, por lo que le correspondería un número de orden 7 bis, aplicando los criterios de desempate contenidos en la base séptima, apartado 4, de la resolución de convocatoria de este proceso selectivo.

Mediante Resolución de 15 de marzo de 2019 de esta Dirección General, se acuerda sustituir el trámite de oferta de vacantes, presentación de documentación preceptiva y petición de destino, como aspirante seleccionado en las pruebas selectivas referidas, por un acto único que se celebró el pasado día 2 de abril de 2019 en la sede de esta Dirección General. Como resultado de este trámite, el interesado solicita la plaza con código SIRhUS 839510 y denominación Administrativo, adscrito al Centro de Valoración y Orientación dependiente de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Almería.

Cuarto. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 5.3.r) del Decreto 99/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, la competencia para disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, en materia general de Función Pública y que afectan al ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se atribuye a la persona titular de esta Dirección General, por lo que en su virtud y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos al aspirante, conforme a la legislación vigente,

SE RESUELVE

Primero. Reconocer el derecho al nombramiento de don Daniel Avilés Casquet, con DNI ***9743** como funcionario de carrera del Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía (C11000), derivado de la superación de las pruebas selectivas de acceso libre, para personas con discapacidad intelectual con retraso mental leve o moderado, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2010, con una puntuación final de 167,000 puntos, así como el número de orden 7 bis, adjudicándole con carácter definitivo, el puesto con código SIRhUS 839510 y denominación Administrativo, adscrito al Centro de Valoración y Orientación dependiente de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Almería.

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para adquirir la condición de funcionario de carrera, el interesado deberá realizar acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Andalucía y del resto del Ordenamiento Jurídico y tomar posesión en el puesto adjudicado, en el plazo de un mes contado a partir del día 4 de junio de 2019.

Tercero. Los efectos administrativos y económicos derivados de la presente resolución se computarán desde el día 2 de septiembre de 2014, primer día del plazo posesorio otorgado a los aspirantes seleccionados en el proceso selectivo de referencia, teniendo en cuenta que deben detraerse de los efectos económicos que le pudiesen corresponder, las cantidades que hubiera percibido en otras actividades incompatibles, realizadas a partir del 2 de septiembre de 2014.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, para tomar posesión, don Daniel Avilés Casquet deberá realizar la declaración a que se refiere el segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad contemplados en el artículo 10 de la citada Ley 53/1984.

Quinto. El centro directivo en el que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, tramitará por el Sistema de Información de Recursos Humanos la toma de posesión ante el Registro General de Personal de conformidad con la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia de fecha 24 de septiembre de 1999, por la que se adopta la aplicación del SIRhUS.

Sevilla, 14 de mayo de 2019.- La Directora General, Natalia Márquez García.

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