Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 02/06/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad

Resolución de 22 de mayo de 2020, de la Dirección General de Universidades, por la que se hace público el Acuerdo de 15 de mayo de 2020, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se modifica el Acuerdo de 13 de diciembre de 2019, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento para el ingreso en los másteres universitarios que se impartan en el curso 2020-2021.

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La Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, teniendo en cuenta el Documento Marco para la adaptación de la docencia y evaluación en las universidades andaluzas a la situación excepcional provocada por el COVID-19 durante el curso académico 2019-20, ha decidido modificar su Acuerdo de 13 de diciembre de 2019, por el que establece el establece el procedimiento para el ingreso en los másteres universitarios que se impartan en el curso 2020-2021. El nuevo acuerdo tiene la finalidad de ajustar las fechas y plazos del citado procedimiento a los criterios que se contemplan en el documento marco.

Todo ello en virtud de las competencias que tiene atribuidas a tenor de lo establecido en el artículo 73 del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, en el que se determina que, a los únicos efectos del ingreso en los Centros Universitarios, todas las Universidades Públicas Andaluzas se constituyen en un Distrito Único para los estudios de Grado y Máster, encomendando la gestión del mismo a una comisión específica, constituida en el seno del Consejo Andaluz de Universidades. La composición de dicha comisión, denominada Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, quedó establecida por el Decreto 478/1994, de 27 de diciembre, que sigue actuando tras la publicación del citado Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades.

En uso de las atribuciones que tengo conferidas,

RESUELVO

Dar publicidad al Acuerdo de 15 de mayo de 2020, por el que se modifica el Acuerdo de 13 de diciembre de 2019, por el que establece el procedimiento para el ingreso en los másteres universitarios que se impartan en el curso 2020-2021, que se inserta a continuación como anexo.

Sevilla, 22 de mayo de 2020.- La Directora General, María Inmaculada Ramos Tapia.

ANEXO

ACUERDO DE 15 DE MAYO DE 2020, DE LA COMISIÓN DEL DISTRITO ÚNICO UNIVERSITARIO DE ANDALUCÍA, POR EL QUE SE MODIFICA EL ACUERDO DE 13 DE DICIEMBRE DE 2019, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL INGRESO EN LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS QUE SE IMPARTAN EN EL CURSO 2020-2021

El Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, determina en su artículo 73 que, a los únicos efectos del ingreso en los Centros Universitarios, todas las Universidades Públicas Andaluzas se constituyen en un Distrito Único para los estudios de Grado y Máster, encomendando la gestión de este a una comisión específica, constituida en el seno del Consejo Andaluz de Universidades. La composición de dicha comisión, denominada Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, quedó establecida por el Decreto 478/1994, de 27 de diciembre, que sigue actuando tras la publicación del citado texto refundido de la Ley Andaluza de Universidades.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y sus sucesivas prórrogas han supuesto la suspensión de al actividad académica presencial en las universidades que ha hecho necesaria una adaptación de las metodologías de docencia, evaluación y prácticas –internas y externas– previstas para el curso 2019-20, que ha quedado plasmada en el «Documento Marco para la adaptación de la docencia y evaluación en las universidades andaluzas a la situación excepcional provocada por el CIOVID-19 durante el curso académico 2019-20», suscrito el 11 de abril por la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, las universidades andaluzas y la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento. En el documento marco se recoge la posibilidad de retrasar las fechas de impartición de determinadas asignaturas o de realización de prácticas y Trabajos Fin de Grado (TFG) que no han podido adaptarse a una modalidad no presencial, con el consecuente retraso en la obtención del título de Grado. El nuevo calendario de admisión a másteres contempla estas circunstancias para no impedir el acceso a aquellos estudiantes que se han visto afectados por cambios en las programaciones de las asignaturas en las que estaban matriculados en el curso 2019/20.

En atención a ello, la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, en uso de las atribuciones que le vienen conferidas, el 15 de mayo de 2020 ha adoptado el Acuerdo de modificar la fechas contempladas en el Acuerdo de 13 de diciembre de 2019 por el que establece el procedimiento para el ingreso en los másteres universitarios que se impartan en el curso 2020-2021, para ajustar determinadas fechas de los plazos de admisión al calendario que las universidades de Andalucía han establecido, en aplicación del «Documento Marco para la adaptación de la docencia y evaluación en las universidades andaluzas a la situación excepcional provocada por el COVID-19 durante el curso académico 2019-20».

Artículo único.

Uno. Se modifican las fechas y plazos de la fase 2 y 3 del anexo, quedando establecido en los siguientes términos:

«Fase 2.

- Plazo de entrega de solicitudes: del 15 de junio al 16 de julio.

- Fecha límite para haber abonado los derechos de expedición del título: el 2 de octubre. No obstante, este plazo alcanzará el límite de 30 de diciembre de 2020 cuando se acredite que el aplazamiento de asignaturas, prácticas, Trabajos Fin de Grado o exámenes de acreditación lingüística, debido a la situación sanitaria por COVID-19, le ha impedido la finalización de los estudios a tiempo de abonar los derechos de expedición del título a fecha 2 de octubre. A estos efectos, las universidades andaluzas podrán hacer llegar de oficio a la Comisión del Distrito Único, las certificaciones que acrediten tales circunstancias, en la que se debe recoger la persona de que se trata, la/s asignaturas, Trabajo Fin de Grado, prácticas o cualquier otro requisito académico que hayan visto afectados en sus plazos. En este supuesto, la matrícula tendrá carácter provisional condicionada a la obtención definitiva del título de Grado.

- Proceso de evaluación de las solicitudes: hasta el 28 de julio.

- Publicación de la primera lista de adjudicación: 31 de julio.

- Plazo de revisión o reclamaciones: del 31 de julio al 6 de agosto.

- Primer plazo de matrícula, confirmación y/o reserva de plaza: del 3 al 6 de agosto.

- Publicación de la segunda y última lista de adjudicación: 14 de septiembre.

- Plazo de revisión o reclamaciones: del 14 al 17 de septiembre.

- Segundo de matrícula y/o confirmación de plaza: del 15 al 17 de septiembre.

- Publicación de la primera lista de resultas: 23 de septiembre.

- Plazos de revisión o reclamación de la lista de resulta: del 23 al 28 de septiembre.

- Primer plazo de matrícula y/o confirmación de las listas de resulta: del 24 al 28 de

- septiembre.

- Publicación de la segunda lista de resultas: 7 de octubre.

- Plazos de revisión o reclamación de la segunda lista de resulta: del 7 al 13 de octubre.

- Segundo plazo de matrícula y/o confirmación de las listas de resulta: del 8 al 13 de octubre.

- Sucesivas listas de resultas: el mismo día en el que se publique cualquier lista de fase 3.

- Plazos de revisión o reclamación de las listas de resulta: en los mismos plazos de la lista de fase 3 de que se trate.

- Sucesivos plazos de matrícula y confirmación de listas de resulta: en los mismos plazos de la lista de fase 3 de que se trate.

Fase 3.

(Sólo se ofertarán las plazas que hayan quedado vacantes en la Fase 2)

- Plazo de entrega de solicitudes: del 30 de septiembre al 7 de octubre.

- Fecha límite para haber abonado los derechos de expedición del título: el 7 de octubre. No obstante, este plazo alcanzará el límite de 30 de diciembre de 2020 se acredite que el aplazamiento de asignaturas, prácticas, Trabajos Fin de Grado o exámenes de acreditación lingüística, debido a la situación sanitaria por COVID-19, le ha impedido la finalización de los estudios a tiempo de abonar los derechos de expedición del título a fecha 7 de octubre. A estos efectos, las universidades andaluzas podrán hacer llegar de oficio a la Comisión del Distrito Único, las certificaciones que acrediten tales circunstancias, en la que se debe recoger la persona de que se trata, la/s asignaturas, Trabajo Fin de Grados, Practicas o cualquier otro requisito académico que hayan visto afectados en sus plazos.En este supuesto, la matrícula tendrá carácter provisional condicionada a la obtención definitiva del título de Grado. .

- Proceso de evaluación de las solicitudes: hasta el 16 de octubre.

- Publicación de la lista primera lista de adjudicación: 20 de octubre.

- Plazo de revisión o reclamaciones: del 20 al 22 de octubre.

- Primer plazo de matrícula, confirmación y/o reserva de plaza: del 21 al 22 de octubre.

- Publicación de la segunda y última lista de adjudicación: 27 de octubre.

- Plazo de revisión o reclamaciones: del 27 al 29 de octubre.

- Segundo y último plazo de matrícula: del 28 al 29 de octubre.»

Dos. Se modifica el apartado 3 del artículo 7 con la siguiente redacción:

3. Las plazas totales de cada máster, descontadas las matriculadas en la fase 1 de extranjeros, se ofertarán en la fase 2. En la fase 3 se ofertarán las plazas que, para cada máster, hayan quedado vacantes de la fase 2.

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