Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 20/01/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de octubre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera, dimanante de autos núm. 119/2018. (PP. 2758/2019).

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NIG: 1102042120180000350.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 119/2018. Negociado: 04.

Sobre: Contratos: Otras cuestiones.

De: Don José González Durán y doña María del Carmen Barrera Valenzuela.

Procuradora: Sra. Ana González Pedro.

Contra: Bancaja (Bankia) y Transvacaciones Hoteles y Resorts, S.L.

Procurador: Sr. José Ignacio Rodríguez-Piñero Pavón.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 119/2018, seguido a instancia de José González Durán y María del Carmen Barrera Valenzuela frente a Transvacaciones Hoteles y Resorts, S.L. y Bancaja (Bankia) se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 195/2019.

En Jerez de la Frontera, a diez de octubre de dos mil diecinueve.

La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado/Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado con el núm. 119/2018, entre partes, de una como demandantes don José González Durán y doña María del Carmen Barrera Valenzuela con Procuradora doña Ana González Pedro y Letrado don Álvaro Caballero García, y de otra como demandados Transvacaciones Hoteles y Resorts, S.L., rebelde, y Bancaja, ahora Bankia, S.A., con Procurador don José Ignacio Rodríguez-Piñero Pavón y Letrado don Daniel Sáez Castro.

FALLO

Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por don José González Durán y doña María del Carmen Barrera Valenzuela contra Transvacaciones Hoteles y Resorts, S.L., rebelde, y Bancaja (ahora Bankia, S.A.), debo declarar y declaro la nulidad de pleno derecho del contrato de compraventa formalizado por los actores con Transvacaciones Hoteles y Resorts, S.L., el día 16.7.2008; y la vinculación entre dicho contrato de compraventa y el de préstamo suscrito con Bancaja, con la consiguiente nulidad de este. Y se condena solidariamente a ambas demandadas a devolver a los demandantes la cantidad de dieciocho mil cuatrocientos sesenta y cuatro con noventa y cinco euros (18.464,95), más el interés legal devengado desde la fecha de la interpelación judicial, y con expresa imposición a las mismas de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la Sr./Sra. Juez de la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Jerez.

Y encontrándose dicho demandado, Transvacaciones Hoteles y Resorts, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Jerez de la Frontera, a once de octubre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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