Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 30/06/2020

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Anuncio de 25 de junio de 2020, de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Málaga, de notificación de la Resolución de 12 de mayo de 2020, de la Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba el deslinde parcial del monte público Pinar y Dehesa del río Chíllar, código de la Junta de Andalucía MA-30017-AY, propiedad del Ayuntamiento de Nerja y ubicado en el mismo término municipal, provincia de Málaga.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00174200.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Tal y como previene el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el presente anuncio servirá como notificación a los interesados desconocidos, a los que se ignora el lugar de la notificación y a los que intentada ésta no se ha podido practicar la misma. Se hace público para el conocimiento de los siguientes interesados el anuncio de resolución aprobatoria del deslinde parcial del monte público «Pinar y Dehesa del Río Chíllar» Código de la Junta de Andalucía MA-30.017-AY, propiedad del Ayuntamiento de Nerja y situado en el término municipal de Nerja (Málaga).

Anuncio

Resolución de la Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible por la que se aprueba el deslinde parcial del monte público «Pinar y Dehesa del Río Chíllar», código de la Junta de Andalucía MA-30017-AY, propiedad del Ayuntamiento de Nerja y ubicado en el mismo término municipal, provincia de Málaga.

Expte. MO/0101/2017

Visto el expediente núm. MO/00101/2017 de deslinde parcial del monte público «Pinar y Dehesa del Río Chíllar», código de la Junta de Andalucía MA-30017-AY, propiedad del Ayuntamiento de Nerja y sito en el mismo término municipal, provincia de Málaga, resultan los siguientes

HECHOS

1. Mediante Orden del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de 17 de abril de 2018 se acordó el inicio del deslinde administrativo de dicho monte, y habiéndose establecido que la operación de deslinde se realizase por el procedimiento ordinario según recoge el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, se publica el citado extremo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Nerja, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 88, de 9 de mayo de 2018, y en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 96, de fecha 21 de mayo de 2018.

2. Los trabajos materiales de deslinde en los tramos afectados, previo a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el 30 de noviembre de 2018, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados, y siendo así mismo publicado el citado extremo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 217, de 9 de noviembre de 2018, en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 209, de 30 de octubre de 2018 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Nerja. Para el trazado de la linde provisional se tuvo en cuenta diversa documentación, entre la que se cuenta los títulos de propiedad presentados por los particulares interesados, las ortofotografías históricas del año 1956 y siguientes, y documentación catastral histórica, así como elementos relevantes del terreno.

3. Durante los días 20 de noviembre y 12 de diciembre de 2018, así como los días 10 de enero, 8 de febrero, 7 de marzo, 8 de abril, 8 de mayo, 6 de junio y 1 de julio de 2019 se llevaron a cabo las operaciones materiales de deslinde, colocándose sobre el terreno todos aquellos piquetes que definen el perímetro del deslinde parcial más identificativos, y que no se encuentran claramente definidos por elementos naturales y/o constructivos. En las correspondientes actas se recogieron las manifestaciones efectuadas por los interesados.

4. Anunciado el periodo de vista y audiencia del expediente en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 181, de 23 de septiembre de 2019 y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm 178, de 16 de septiembre de 2019 y notificado en forma a los interesados, durante el plazo de 30 días se recibió una alegación. Con fecha de 17 de enero de 2020 y a tal efecto se redacta informe de alegaciones en relación a la única alegación presentada.

5. Con fecha 20 de marzo de 2020 se emite informe 2020/7 por los Servicios Jurídicos del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía en la provincia de Málaga, y en el que se concluye que: «Ajustándose la tramitación examinada al procedimiento legalmente establecido, se informa favorablemente el expediente y el borrador de propuesta (del que se ha de eliminar el antecedente de hecho 5º, que versa sobre otro expediente) de Orden de aprobación del deslinde parcial del monte público “Pinar y Dehesa del Río Chíllar” con salvedad del lindero norte de la finca de Los Colmenarejos en los términos señalados en la consideración tercera».

6. En consonancia con el informe de gabinete jurídico, y con la sentencia 1333/12 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo a la que hace referencia, se procede a la modificación del lindero del monte público «Pinar y Dehesa del Río Chíllar» en el lindero norte de la finca de Los Colmenarejos, respetando la superficie inmatriculada de 110,1731 hectáreas, y sin perjuicio de que por parte de la titularidad de los terrenos, que recae sobre el Ayuntamiento de Nerja, se pueda realizar reclamación de titularidad de los terrenos indicados en vía civil.

A los anteriores hechos les resultan de aplicación las siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía, Decreto 485/1962, de 22 de febrero, que aprueba el Reglamento de Montes, Ley 43/2003, de 21 de Noviembre, de Montes, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás legislación aplicable al caso.

A la vista de lo anterior, en uso de las competencias que le vienen dadas en el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, y en base a lo dispuesto en la Orden de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería, esta Viceconsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

RESUELVE

1.º Aprobar el expediente MO/00101/2017 de deslinde parcial del monte público «Pinar y Dehesa del Río Chíllar», código de la Junta de Andalucía MA-30017-AY, propiedad del Ayuntamiento de Nerja y ubicado en el mismo término municipal, provincia de Málaga, de acuerdo con las actas, planos e informes técnicos y jurídicos que obran en el expediente, y registro topográfico que se incorpora en el anexo.

2.º Que una vez firme la resolución de aprobación se proceda a realizar las modificaciones pertinentes en el Catálogo de Montes Públicos de Andalucía.

3.º Que una vez aprobado este deslinde se proceda a su amojonamiento.

4.º Que se proceda a la cancelación de las anotaciones preventivas de deslinde realizadas según lo establecido en el artículo 127.4 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero.

5.º Que estando inscrito el monte público en el Registro de la Propiedad de Torrox, con los siguientes datos registrales:

MUNICIPIO FINCA TOMO LIBRO FOLIO
Nerja 583 37 6 174
Nerja 21504 609 190 191

Una vez sea firme la aprobación del deslinde y en virtud del artículo 133 del Reglamento de Montes, aprobado mediante el Decreto 485/1962, de 22 de febrero, se solicite la inscripción en el Registro de la Propiedad de Torrox del expediente MO/00101/2017, de deslinde parcial del monte público «Pinar y Dehesa del Río Chíllar», relativo a fincas de propiedad del Ayuntamiento de Nerja, en virtud de cada uno de los piquetes de deslinde que se detalla en las correspondientes actas y planos que obran en el expediente, quedando como descripción de dicha finca la que a continuación se cita:

Denominación: «Pinar y Dehesa del Río Chíllar»

Pertenencia: Ayuntamiento de Nerja

Término municipal: Nerja

Provincia: Málaga

Fincas registrales: 583 y 21504

Superficie total: 6004,301 ha

Superficie pública forestal: 5910,021 ha

Linderos:

Norte: Montes públicos GR-10503-JA «La Almijara», del término municipal de Otívar, GR-11063-JA «Pinar de Alhama», del término municipal de Alhama de Granada y GR-70016-AY «Peña Escrita, El Saucillo y Fuente de la Higuera», del término municipal de Almuñécar, los tres de la provincia de Granada.

Este: Fincas particulares del término municipal de Nerja, en parte mediante el Río de la Miel.

Sur: Fincas particulares del término municipal de Nerja, y zona urbana del municipio de Nerja.

Oeste: Río Chíllar y monte público MA-30090-AY «El Pinar», núm. 51 del CUP, del término y titularidad del Ayuntamiento de Cómpeta.

El registro topográfico del expediente MO/00101/2017 se adjunta como anexo a la presente resolución.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la misma o de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía; o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados de igual forma que el punto anterior, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10.1 a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

No obstante, y de conformidad con lo establecido en el apartado primero de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el cómputo del plazo queda suspendido y comenzará una vez que haya perdido vigencia el citado Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Sevilla, Ana María Corredera Quintana, Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible (P.D. Orden 28 de mayo de 2019).

ANEXO

REGISTRO TOPOGRÁFICO DEL EXP. MO/00101/2017

COORDENADAS UTM (HUSO 30, ZONA S)

DATUM: EUROPEAN TERRESTRIAL REFERENCE SYSTEM 1989 (ETRS89)

ENTORNO «RÍO DE LA MIEL»
PIQUETE COORD. X (m) COORD. Y (m)
149 429369,302 4071182,080
150 429370,102 4071175,420
151 429370,042 4071167,610
152 429368,662 4071156,450
1520 429504,085 4071202,440
152A 429367,322 4071152,010
152B 429363,062 4071144,480
152C 429356,192 4071134,820
152D 429340,352 4071116,910
152E 429355,520 4071110,420
152F 429365,920 4071106,580
152G 429377,500 4071096,460
152H 429395,845 4071080,910
152I 429416,002 4071066,450
152J 429438,827 4071065,670
152K 429463,274 4071079,240
152L 429478,353 4071090,380
152LL 429486,270 4071104,230
152M 429486,059 4071134,710
152N 429490,165 4071167,370
152Ñ 429494,091 4071177,290
152P 429518,916 4071226,230
152Q 429532,652 4071240,600
152R 429571,121 4071269,460
152S 429587,374 4071297,410
152T 429591,396 4071304,030
152U 429596,606 4071310,900
152V 429599,080 4071318,390
152W 429602,368 4071328,650
152X 429603,367 4071344,390
152Y 429603,820 4071357,200
152Z 429608,305 4071365,810
152Z1 429612,170 4071373,880
153 429619,020 4071390,780
153A 429629,372 4071400,040
153B 429642,631 4071407,370
153C 429653,235 4071413,270
153D 429661,839 4071417,960
153E 429674,314 4071423,040
153F 429691,541 4071425,000
154 429775,951 4071287,390
154A1 429775,910 4071275,910
154A2 429771,110 4071263,630
154A3 429758,595 4071257,100
154A4 429745,400 4071250,610
154A5 429735,370 4071243,880
154A6 429729,920 4071238,830
154A7 429724,920 4071232,750
154A8 429716,390 4071225,400
154A9 429710,290 4071219,440
154A10 429706,600 4071215,840
154A11 429705,363 4071208,460
154A12 429697,390 4071204,590
154A13 429686,760 4071197,020
154A14 429675,910 4071191,500
154A15 429665,780 4071184,870
154A16 429662,310 4071176,600
154A17 429648,519 4071172,270
154A18 429635,915 4071169,110
154A19 429629,448 4071165,420
154A20 429623,453 4071161,180
154A21 429624,518 4071160,380
154A22 429627,018 4071159,210
154A23 429630,608 4071157,680
154A24 429634,048 4071156,510
154A25 429638,099 4071155,870
154A26 429646,919 4071152,000
154A27 429649,469 4071151,380
154A28 429652,849 4071149,350
154A29 429657,229 4071146,060
154A30 429661,499 4071141,680
154A31 429665,679 4071138,790
154A32 429667,009 4071137,080
154A33 429667,539 4071134,370
154A34 429667,519 4071131,520
154A35 429667,189 4071127,810
154A36 429667,829 4071125,710
154A37 429668,950 4071122,340
154A38 429668,580 4071119,190
154A39 429670,460 4071117,120
154A40 429671,730 4071112,860
154A41 429671,970 4071105,250
154A42 429676,790 4071106,510
154A43 429684,150 4071108,160
154A44 429691,270 4071110,110
154A45 429699,250 4071113,550
154A46 429705,530 4071117,660
154A47 429717,311 4071126,880
154A48 429718,861 4071127,750
154A49 429720,741 4071130,030
154A50 429727,911 4071138,680
154A51 429734,800 4071144,160
154A52 429740,030 4071145,740
154A53 429749,130 4071150,890
154A54 429777,017 4071158,550
154A55 429786,792 4071166,160
154A56 429794,992 4071172,400
154A57 429800,182 4071177,820
154A58 429806,591 4071182,890
154A59 429812,730 4071190,520
154A60 429818,640 4071201,190
154A61 429826,830 4071231,160
154A62 429825,280 4071241,280
154A63 429825,760 4071254,420
154A64 429825,190 4071265,640
154A65 429821,720 4071278,930
154A66 429812,741 4071294,370
ENTORNO «FINCA DE LOS ENCINAREJOS»
PIQUETE COORD. X (m) COORD. Y (m)
231 428110,822 4071229,936
232 428094,424 4071227,928
233 428074,580 4071227,796
234 428059,630 4071226,629
235 428048,063 4071222,650
236 428031,855 4071219,439
237 428021,928 4071218,668
238 428003,634 4071219,464
239 427983,949 4071219,147
240 427965,598 4071217,583
241 427939,537 4071209,778
242 427926,005 4071206,606
242A 427898,920 4071204,344
242B 427852,089 4071209,107
242C 427811,635 4071213,561
242D 427761,968 4071212,827
242E 427713,350 4071212,981
242F 427666,401 4071215,506
242G 427642,920 4071213,396
242H 427603,827 4071216,432
242I 427588,084 4071221,459
242J 427569,960 4071226,883
242K 427542,841 4071239,318
242L 427521,277 4071240,641
242LL 427496,993 4071242,889
242M 427469,748 4071253,186
242N 427449,772 4071266,679
242Ñ 427438,527 4071272,368
242O 427426,621 4071280,702
242P 427413,259 4071285,729
242Q 427398,718 4071292,548
242R 427384,102 4071305,792
242S 427362,300 4071317,010
242T 427342,078 4071333,185
242U 427338,317 4071340,257
242V 427333,422 4071343,432
242W 427323,368 4071342,638
242X 427301,563 4071326,627
242Y 427278,269 4071305,369
242Z 427255,824 4071281,943
242Z1 427231,606 4071259,951
242Z2 427102,754 4071261,168
242Z3 427026,553 4071270,958
242Z4 426973,657 4071287,881
242Z5 426906,776 4071316,552
242Z6 426847,245 4071347,032
242Z7 426805,732 4071372,029
242Z8 426794,726 4071376,555
242Z9 426783,878 4071379,822
242Z10 426773,678 4071387,006
242Z11 426763,333 4071391,028
242Z12 426749,640 4071394,732
242Z13 426712,987 4071408,796
242Z14 426700,922 4071414,511
242Z15 426687,850 4071426,110
245 426834,698 4070236,556
246 426841,618 4070242,056
247 426854,849 4070251,136
248 426867,019 4070259,696
248A 426882,599 4070266,906
248B 426896,630 4070272,306
248C 426909,090 4070275,545
248D 426924,130 4070277,915
248E 426936,770 4070278,495
248F 426950,031 4070278,105
248G 426961,771 4070277,465
248H 426973,861 4070274,565
248I 426987,792 4070269,805
248J 427000,102 4070262,685
248K 427011,862 4070255,535
248L 427022,803 4070251,165
248M 427030,103 4070249,145
248N 427034,933 4070249,855
248Ñ 427042,833 4070250,335
248O 427047,533 4070250,205
248P 427051,363 4070249,535
248Q 427055,404 4070247,265
248R 427058,054 4070245,335
248S 427060,674 4070242,555
248T 427064,394 4070239,545
248U 427070,494 4070237,665
248V 427076,684 4070235,525
248W 427082,984 4070235,245
248X 427090,544 4070235,375
248Y 427097,735 4070236,565
248Z 427107,515 4070238,885
248Z1 427117,275 4070242,555
248Z2 427126,575 4070247,045
248Z3 427131,695 4070251,155
248Z4 427136,535 4070254,115
248Z5 427139,756 4070256,175
248Z6 427142,766 4070256,435
248Z7 427148,726 4070256,565
248Z8 427156,746 4070255,175
248Z9 427166,046 4070251,705
248Z10 427170,726 4070249,115
248Z11 427174,356 4070246,355
248Z12 427177,537 4070243,905
248Z13 427181,237 4070242,045
248Z14 427188,747 4070242,175
248Z15 427196,197 4070243,565
248Z16 427206,267 4070245,424
248Z17 427216,187 4070249,434
248Z18 427227,658 4070253,064
248Z19 427237,408 4070257,834
248Z20 427244,578 4070261,734
248Z21 427251,595 4070267,726

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo Órgano que la dictó en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la misma o al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados de igual forma que en el punto anterior, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley, 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los arts. 10.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quedará expedita la acción ante los Tribunales ordinarios, cuando se hubieran suscitado en forma, dentro del expediente de deslinde, cuestiones relacionadas con el dominio del monte, o cualesquiera otras de índole civil.

Málaga, 25 de junio de 2020.- El Delegado, Fernando Fernández Tapia-Ruano.

Descargar PDF