Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 01/07/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Edicto de 4 de diciembre de 2019, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Dos de Sevilla, dimanante de autos núm. 51/2019.

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NIG: 4109142120190023339.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 51/2019. Negociado: J.

De: Don Óscar Gabriel Vega Vega.

Procuradora: Sra. María Dolores Viñals Álvarez.

Letrado: Sr. Oliver Cáceres Calle.

Contra: Doña Nataly Andrea Pineda Hualca.

E D I C T O

En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 51/2019, seguido a instancia de Óscar Gabriel Vega Vega frente a Nataly Andrea Pineda Hualca se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA 48/2019

En Sevilla, a 4 de diciembre de 2019.

Vistos por Francisco Manuel Gutiérrez Romero, Magistrado Titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número Dos de Sevilla y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal sobre Divorcio y, seguidos ante este Juzgado bajo el número 51 del año 2019, a instancia de don Óscar Gabriel Vega Vega, representado por la Procuradora doña María Dolores Viñals Álvarez y asistido por el Letrado don Oliver Cáceres Calles, contra doña Nataly Andrea Pineda Hualca, declarada en rebeldía, habiendo intervenido el M. Fiscal.

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora doña María Dolores Viñals Álvarez, decreto la disolución del matrimonio contraído por ambos cónyuges, don Óscar Gabriel Vega Vega y doña Nataly Andrea Pineda Hualca, con todas sus consecuencias legales, y elevo a definitiva las medias provisionales acordadas por Auto de fecha 16 de julio de 2019, con las siguientes particularidades:

1. Se atribuye la guarda y custodia de los hijos menores, XXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXX, al padre, además del ejercicio exclusivo de la patria potestad sobre los mismos.

2. Se suspende el régimen de visitas, estancias y comunicaciones de los hijos menores con la madre, así como la obligación de ésta de abonar una pensión de alimentos, hasta tanto la misma regrese a España y pueda personarse en el presente procedimiento.

3. Se atribuye el uso del domicilio familiar sito en calle Avenida Emilio Lemos, número 49, 2 B, de Sevilla, a los menores, los cuales quedarán en compañía de su progenitor (padre).

Todo ello, sin que proceda especial imposición de costas.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil Central.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, la acuerdo, mando y firmo.

Y encontrándose la demandada, Nataly Andrea Pineda Hualca, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

En Sevilla, a cuatro de diciembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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