Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 01/07/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad

Extracto de la Resolución de 26 de junio de 2020, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan, para el ejercicio 2020, las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la modernización y mejora de la competitividad de las pymes comerciales y artesanas de Andalucía.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00174331.

BDNS: 512930

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

1. Se convocan para el año 2020, en la modalidad de concesión de concurrencia competitiva, las subvenciones destinadas a la modernización y mejora de la competitividad de las pymes comerciales y artesanas de Andalucía, con cargo a los créditos presupuestarios que se indican a continuación:

MODALIDAD Créditos presupuestarios Medida CRÉDITO 2020 CRÉDITO 2021 TOTAL TOTAL MODALIDAD
A Comerciales 1400170000 G/76A/77400/00 2016000549 A1221082Y2 1.497.696 932.953 2.430.649 3.265.203
Artesanas 1400170000 G/76A/77406/00 2016000551 A1221082Y2 474.941 359.613 834.554
B Comerciales 1400170000 G/76A/77400/00 2016000555 A1341001Y2 2.595.388 1.758.298 4.353.686 5.084.951
Artesanas 1400170000 G/76A/77402/00 2016000556 A1341001Y2 520.334 210.931 731.265
C Comerciales 1400170000 G/76A/77400/00 2016000555 A1341001Y2 1.112.309 753.556 1.865.865 2.179.264
Artesanas 1400170000 G/76A/77402/00 2016000556 A1341001Y2 223.000 90.399 313.399
CRÉDITO TOTAL CONVOCATORIA 10.529.418 10.529.418

2. Atendiendo a los ámbitos funcionales y territoriales de competitividad establecidos en el artículo 11 de las bases reguladoras, la cuantía total del crédito disponible para cada una de las modalidades de proyectos subvencionables se distribuye entre las ocho provincias del siguiente modo:

a) Ámbito funcional pymes comerciales:

TIPO PROYECTO MODALIDAD A MODALIDAD B MODALIDAD C
ANUALIDAD 2020 2021 TOTAL 2020 2021 TOTAL 2020 2021 TOTAL
ALMERÍA 130.398 81.228 211.626 225.969 153.087 379.056 96.844 65.609 162.453
CÁDIZ 193.410 120.480 313.890 335.164 227.063 562.227 143.641 97.313 240.954
CÓRDOBA 154.515 96.252 250.767 267.763 181.401 449.164 114.756 77.743 192.499
GRANADA 167.486 104.331 271.817 290.239 196.629 486.868 124.388 84.270 208.658
HUELVA 85.189 53.067 138.256 147.627 100.013 247.640 63.269 42.862 106.131
JAÉN 112.962 70.367 183.329 195.754 132.617 328.371 83.894 56.836 140.730
MÁLAGA 313.898 195.535 509.433 543.959 368.517 912.476 233.126 157.935 391.061
SEVILLA 339.838 211.693 551.531 588.913 398.971 987.884 252.391 170.988 423.379
TOTAL 1.497.696 932.953 2.430.649 2.595.388 1.758.298 4.353.686 1.112.309 753.556 1.865.865

b) Ámbito funcional pymes artesanas:

TIPO PROYECTO MODALIDAD A MODALIDAD B MODALIDAD C
ANUALIDAD 2020 2021 TOTAL 2020 2021 TOTAL 2020 2021 TOTAL
ALMERÍA 21.830 16.529 38.359 23.916 9.695 33.611 10.250 4.155 14.405
CÁDIZ 87.907 66.562 154.469 96.310 39.042 135.352 41.276 16.732 58.008
CÓRDOBA 85.844 64.998 150.842 94.047 38.125 132.172 40.306 16.339 56.645
GRANADA 73.749 55.840 129.589 80.798 32.753 113.551 34.627 14.037 48.664
HUELVA 33.629 25.464 59.093 36.844 14.935 51.779 15.790 6.401 22.191
JAÉN 43.069 32.611 75.680 47.186 19.128 66.314 20.222 8.198 28.420
MÁLAGA 47.494 35.961 83.455 52.033 21.093 73.126 22.300 9.040 31.340
SEVILLA 81.419 61.648 143.067 89.200 36.160 125.360 38.229 15.497 53.726
TOTAL 474.941 359.613 834.554 520.334 210.931 731.265 223.000 90.399 313.399

Segundo. Beneficiarios.

1. Podrán solicitar las subvenciones las pymes que cumplan con los requisitos establecidos por el artículo 5 de la Orden de 7 de mayo de 2020, para cada una de las modalidades subvencionables.

2. No podrán obtener la condición de persona o entidad beneficiaria aquellas en quienes concurran las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 116.2, 4 y 5 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Tercero. Objeto.

Las subvenciones tienen por objeto impulsar la modernización de las pequeñas empresas comerciales y artesanas de Andalucía a través de la mejora de sus instrumentos de gestión, mediante la introducción de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), de su incorporación al comercio electrónico y la modernización de su imagen y sus infraestructuras. La convocatoria prevé tres modalidades de proyectos: modalidad  A) dirigida al desarrollo de Proyectos de Modernización digital, modalidad B) dirigida al desarrollo de Proyectos de modernización y actualización de los establecimientos físicos y la modalidad C) destinada a la expansión de las pymes con la apertura de nuevos puntos de venta.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 7 de mayo de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la modernización y mejora de la competitividad y a promover el relevo generacional de las pymes comerciales y artesanas de Andalucía (BOJA extraordinario núm. 24, de 11 de mayo de 2020).

Quinto. Cuantía.

La dotación presupuestaria máxima se refleja en el cuadro del apartado primero, clasificada por las aplicaciones económicas correspondientes según la tipología de proyectos.

La inversión mínima a realizar para que el proyecto sea subvencionable y los importes máximos subvencionables por establecimiento y por pyme son las siguientes:

A) B) C)
Subvención máxima por establecimiento 6.000 € 15.000 € 21.000 €
Subvención máxima por pyme (varios establecimientos) 12.000 € 26.250 € 42.000 €
Inversión mínima 1.500 € 1.500 € 3.000 €

Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Sevilla, 26 de junio de 2020.- El Consejero, P.D. (Orden de 7.5.2020, BOJA extraordinario núm. 24, de 11.5.2020), la Directora General de Comercio, fdo.: Lorena Garrido Serrano.

Descargar PDF