Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 12/08/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad

Extracto de la Resolución de 3 de agosto de 2020, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan, para el ejercicio 2020, las subvenciones a conceder en régimen de cocurrencia competitiva en materia de comercio destinadas a promover las relaciones de cooperación del sector comercial andaluz, así como a impulsar el asociacionismo comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación de los centros comerciales abiertos (Modalidad ASC-CCA).

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BDNS: 518733

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones  (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

1. Se convocan para el año 2020 las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio destinadas a promover las relaciones de cooperación del sector comercial andaluz, así como a impulsar el asociacionismo comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos (Modalidad ASC-CCA), al amparo de la Orden de 20 de octubre de 2016, financiándose con los créditos asignados específicamente en el presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, dentro del programa presupuestario 76 A «Ordenación y Promoción Comercial» con cargo a la partida presupuestaria 2020 1400010000 G/76A/ 78403/0001, proyecto de inversión 2001000602, por las cuantías totales máximas para cada anualidad que se indican a continuación:

Modalidad Anualidad 2020 Anualidad 2021 Total
Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas no promotoras de Centros Comerciales Abiertos. 425.000 425.000 850.000
Asociaciones, promotoras de Centros Comerciales Abiertos reconocidos. 825.000 825.000 1.650.000
1.250.000 1.250.000 2.500.000

2. La distribución del crédito entre los ámbitos territoriales y funcionales de competitividad queda del siguiente modo:

a) Subvenciones a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas no promotoras de Centros Comerciales Abiertos. Se distribuye entre los distintos ámbitos funcionales del siguiente modo:

1.º Ámbito funcional de competitividad: asociaciones de ámbito provincial:

ANUALIDAD CUANTÍA MÁXIMA ASOCIACIONES DE ÁMBITO PROVINCIAL
ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA
2020 125.000 11.503 12.341 14.396 16.562 18.608 14.892 18.837 17.861
2021 125.000 11.503 12.341 14.396 16.562 18.608 14.892 18.837 17.861
TOTAL 250.000 23.006 24.682 28.792 33.124 37.216 29.784 37.674 35.722

2.º Ámbito funcional de competitividad: asociaciones de ámbito local:

ANUALIDAD CUANTÍA MÁXIMA ASOCIACIONES DE ÁMBITO LOCAL
ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA
2020 225.000 20.705 22.214 25.912 29.812 33.495 26.806 33.906 32.150
2021 225.000 20.705 22.214 25.912 29.812 33.495 26.806 33.906 32.150
TOTAL 450.000 41.410 44.428 51.824 59.624 66.990 53.612 67.812 64.300

3.º Ámbito funcional de competitividad: asociaciones de ámbito regional:

ASOCIACIONES DE ÁMBITO REGIONAL
ANUALIDAD CUANTÍA MÁXIMA
2020 75.000
2021 75.000
TOTAL 150.000

b) Subvenciones a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas promotoras de Centros Comerciales Abiertos reconocidos. La distribución del crédito se realiza en atención al número de Centros Comerciales abiertos con reconocimiento por parte de la Administración de la Junta de Andalucía a la fecha de la convocatoria:

ANUALIDAD CUANTÍA MÁXIMA ASOCIACIONES PROMOTORAS DE CCA
ALMERÍA CÁDIZ CÓRDOBA GRANADA HUELVA JAÉN MÁLAGA SEVILLA
2020 825.000 86.842 130.262 173.684 65.132 65.132 108.553 173.684 21.711
2021 825.000 86.842 130.262 173.684 65.132 65.132 108.553 173.684 21.711
TOTAL 1.650.000 173.684 260.524 347.368 130.264 130.264 217.106 347.368 43.422

Segundo. Beneficiarios.

Pueden participar en esta convocatoria las siguientes entidades:

a) Las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas sin ánimo de lucro domiciliadas en Andalucía no promotoras de Centros Comerciales Abiertos reconocidos o en proyecto, las cuales se clasificarán a efectos de competencia según su ámbito regional, provincial y local.

b) Las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes minoristas sin ánimo de lucro domiciliadas en Andalucía, promotoras de Centros Comerciales Abiertos que hayan obtenido el reconocimiento oficial como Centro Comercial Abierto de Andalucía conforme al procedimiento establecido en la Orden de 7 de mayo de 2010, por la que se establece el procedimiento para la obtención del reconocimiento como Centro Comercial Abierto de Andalucía (BOJA núm. 96, de 19 de mayo de 2010).

Tercero. Objeto

Las subvenciones tienen por objeto impulsar la actividad de las asociaciones de comerciantes a fin de aumentar las competitividad de las pymes que las integran, así como potenciar el comercio urbano particularmente mediante el apoyo y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos en la realización de actuaciones que contribuyan a su modernización y revitalización.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 20 de octubre de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de comercio destinadas a promover las relaciones de cooperación del Sector Comercial Andaluz, así como a impulsar el asociacionismo comercial en todos sus niveles y la creación y consolidación de los Centros Comerciales Abiertos (Modalidad ASC-CCA). (BOJA núm. 206, de 26 de octubre de 2016).

Quinto. Cuantía.

El importe máximo subvencionable para los proyectos de modalidad 1 asciende a 57.000 € por entidad y a 80.000 € para la modalidad 2.

Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Sevilla, 3 de agosto de 2020.-El Consejero, P.D. (Orden de 20.10.2016, BOJA núm. 206, de 26.10.2016), la Directora General de Comercio, P.S. (Orden de suplencia de 23.6.2020),  el Secretario General de Empresas, Innovación y Emprendimiento, Manuel Ortigosa Brun.

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